STSJ Extremadura , 16 de Julio de 2002
Ponente | MERCENARIO VILLALBA LAVA |
ECLI | ES:TSJEXT:2002:1818 |
Número de Recurso | 1472/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº.1.374 PRESIDENTE:
DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA /En Cáceres a dieciséis de julio de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo número 1.742 de 1.999, promovido por la Procuradora Sra. Chamizo García, en nombre y representación del recurrente D. Jesus Miguel , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana en expediente sancionador número E.S.-370/98/CR incoado por alumbramiento de Aguas Subterráneas mediante apertura de un pozo en término municipal de Alcazar de San Juan (Ciudad Real).
Cuantía.- Indeterminada.-.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictada sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. MERCENARIO VILLALBA LAVA, que expresa el parecer de la Sala
El recurrente D. Jesus Miguel interpone recurso contencioso- administrativo contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana recaída en el expediente administrativo C.R. 370/98 en que se sanciona al recurrente como autor de una falta leve contra el dominio público hidráulico por apertura de un pozo sin autorización administrativa a la multa de 200.000 pesetas con obligación de clausura.
Manifiestan en la demanda que concurre prescripción, caducidad, vulneración de los principios de tipicidad culpabilidad y presunción de inocencia, falta de motivación e improcedencia de la clausura del pozo de la que sólo puede obligarse a los infractores, especialmente si se tiene presente que en dicha finca existe un aprovechamiento autorizado e inscrito llevándose a cabo la sustitución de un aprovechamiento preexistente por otro de nueva ejecución por los problemas que presentaba el antiguo que hacía inviable su explotación.
Del examen del expediente administrativo se extrae que por los hechos se extendió denuncia al recurrente en Mayo de 1.998, practicándose...
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