STSJ Extremadura , 31 de Octubre de 2000

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2000:2202
Número de Recurso1733/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres a treinta y uno de Octubre de dos mil .- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1.733 de 1.997 promovido por el Procurador de los Tribunales DON CARLOS ALEJO LEAL LOPEZ en nombre y representación de SOCIEDAD COOPERATIVA NUESTRA SRA. DE PERALES. siendo parte demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO ; recurso que versa sobre: "Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 18 de junio de 1.997 recaída en el Expediente Sancionador número ESV- 78/96 incoado por infracción calificada como menos grave por vertidos de aguas residuales al cauce del Arroyo Tripero (Guadiana)."

C U A N T I A :1.000.100pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO .-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Somete el recurrente a la consideraciòn del Tribunal, la Resoluciòn de la Confederaciòn Hidrogràfica del Guadiana de fecha 18 de junio de 1997 dictada en expediente ESV 78/96, por la que se imponìa a Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales la multa de 1.000.100 pts por efectuar vertido directo de aguas residuales al cauce del rio Tripero, sin autorizaciòn administrativa, en el tèrmino municipal de Arroyo de San Servan (Badajoz). Se le declarò responsable de una infracciòn menos grave tipificada en el artículo 108 f) de la Ley de Aguas, en relación con el 316 g) del Reglamento de Dominio Público Hidráulico. Pretende el recurrente, la anulaciòn de la Resoluciòn referenciada por cuanto a su juicio es contraria a Derecho. A esta pretensiòn se opone el Abogado del Estado...

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