STSJ Extremadura , 23 de Octubre de 2000

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2000:2086
Número de Recurso1862/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

LA SECCION DE REFUERZO DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA CONSTITUIDO POR LA ILTMA.

SRA. MAGISTRADA DEL MARGEN, EN NOMBRE DE s.m. EL REY HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA Nº.1.474 MAGISTRADA DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA /En Cáceres a veintitrés de octubre de dos mil. Visto el recurso contencioso administrativo número 1.862 de 1.997, promovido por el Procurador Sra. Tapia Jiménez en nombre y representación del recurrente CONTENEDORES BADAJOZ, S.L., siendo demandada EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, representada por la Procuradora Sra. Bueso Sánchez; recurso que versa sobre: Resolución de fecha 18 de junio de los corrientes, dictada por el Ilmo. Sr. Alcalde de Badajoz en el expediente número 8543, por la que se declara imponer una sanción por ser contraria a derecho y lesiva para los intereses legítimos dicha resolución a la parte recurrente.

Cuantía.- 15.000 pesetas.-.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, quedando las actuaciones pendientes para sentencia.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. FATIMA B. DE LA CRUZ...

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