STSJ Extremadura , 18 de Diciembre de 2000

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2000:2553
Número de Recurso1781/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 1850 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLER GODOY.

MAGISTRADOS DON ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a dieciocho de diciembre de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 1781 de 1997, promovido por la Procuradora Dª. Josefa Morano Masa, en nombre y representación del recurrente DON Victor Manuel , siendo demandada EL AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS (Cáceres), que no se ha personado en las actuaciones, y siendo coadyuvante LA SOCIEDAD COOPERATIVA SAN ISIDRO DE MIAJADAS, representada y defendida por el Procurador Don Fernando Leal Osuna; recurso que versa sobre: Resolución desestimatoria presunta, por silencio administrativo, del escrito-denuncia formulado por el demandante con fecha 23 de enero de 1.997 a fin que por el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas se procediese, una vez comprobada la realidad de los hechos denunciados, a sancionar las infracciones que pudieran haberse cometido e impedir que siguiesen llevándose a cabo.- Cuantía.- Indeterminada.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los I ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución desestimatoria presunta, por silencio administrativo, del escrito-denuncia formulado por el demandante con fecha 23 de enero de 1.997 a fin que por el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas se procediese, una vez comprobada la realidad de los hechos denunciados, a sancionar las infracciones que pudieran haberse cometido e impedir que siguiesen llevándose a cabo.

Los hechos a los cuales se hacía mención en dicho escrito y que son descritos en el escrito de demanda se...

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