STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Mayo de 2001

PonenteMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
ECLIES:TSJM:2001:7433
Número de Recurso1239/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA RECURSO NÚM.: 1239/98 LETRADO SR.: ARIÑO PELLICER SENTENCIA NÚM. 796 Ilmos. Sres.:

Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez D. Santos Gandarillas Martos Dña. María Antonia de la Peña Elías D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a treinta de mayo de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso núm. 1239 de 1.998, interpuesto por TALLERES FERNANDEZ DIAZ, S.A., representado por el LETRADO Sr. ARIÑO PELLICER, contra Fallo del Tribunal Económico Administrativo de Madrid de 2 de abril de 1998, reclamación 28/06783/98 en concepto de I.V.A.; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia por la que estimando el recurso, se declare la nulidad del acto administrativo recurrido, anule, revoque y deje sin efecto la sanción pecuniaria por importe de 30.000 pesetas, por infracción simple consistente en no presentar la Declaración Anual de Operaciones, impuesta por la Agencia Estatal de Administración Tributaria Delegación de Madrid, acordando lo siguiente:

  1. Nulidad de pleno Derecho del acto administrativo que se recurre.

  2. Anulación de la sanción pecuniaria impuesta por la Agencia Estatal de Administración Tributaria Delegación de Madrid por importe de 30.000 pesetas, por infracción simple consistente en no presentar la Declaración Anual de Operaciones.

Mediante otrosí se solicitó el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 29 de mayo de 2001 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 2 de abril de 1998, por la que se desestimaba la reclamación económico-administrativa n° 28/06783/96, interpuesta contra el acuerdo dictado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por la que se imponía sanción por importe de 30.000 ptas.

La Administración tributaria impuso la mencionada sanción por infracción simple, por no presentar el obligado...

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