STSJ Castilla-La Mancha , 24 de Noviembre de 2000

PonentePETRA GARCIA MARQUEZ
ECLIES:TSJCLM:2000:3466
Número de Recurso1457/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 DON JESUS MARTÍNEZ ALMAZAN, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

CERTIFICO: Que en el recurso que a continuación se hará referencia, se ha dictado la siguiente resolución:

Recurso nº: 1.457/99 Ponente : Srª. Petra García Márquez.- Fallo : 9-11-00 Iltmo. Sr. D. José Montiel González Presidente Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda.

Iltma. Srª.Dª.Petra García Márquez En Albacete, a veinticuatro de Noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.335 En el Recurso de Suplicación núm. 1.457/99, interpuesto por la representación de D. Bruno , y OTROS, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Cuenca, en autos nº 53/98, siendo recurrido el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD. Ha actuado como Ponente la Iltma. Srª. Dª Petra García Márquez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el Juzgado de lo Social de Cuenca, se dictó Sentencia con fecha de 6 de Septiembre de 1.999, cuya parte dispositiva establece:

FALLO

Desestimo la demanda formulada por D. Bruno , Dª Alejandra , Dª Ángeles , Dª Catalina , Dª

Elena Y D. Juan Carlos contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, a quien absuelvo de las pretensiones deducidas en la misma.

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia, y como Hechos Probados, se establecen los siguientes:

"Primero.- Los actores Bruno , Catalina , Elena , Juan Carlos , Ángeles y Alejandra , fueron contratados por el INSALUD MEDIANTE NOMBRAMIENTO DE ATS/DUE EVENTUALES FUERA DE PLANTILLA, COMO REFUERZO DE LOS EFECTIVOS ATS/DUEZ ADSCRITOS AL Equipo de Atención Primaria, en las condiciones establecidas en la Resolución de la Dirección General del INSALUD, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del Acuerdo de 3-7-92, durante los días que para cada uno de ellos se reflejan en el expediente administrativo, en los años 1.993 a 1.996, que se dan aquí por reproducidos, y en el certificado que consta en autos aportado por el INSALUD como diligencia para mejor proveer. Segundo.- Elena prestó servicios en 1.994 en el EAP de Torrejoncillo del Rey (Cuenca), en noviembre los fines de semana 25, 26 y 27. En el EAP de Talayuelas (Cuenca) en 1.995 los domingos, fines de semana, miércoles y jueves que constan en el certificado del INSALUD que se da por reproducido en aras de brevedad; desde julio a diciembre de 1.996 fines de semana, martes y jueves de enero a diciembre inclusive, según el mismo documento; el EAP de Torrejoncillo del rey está atendido por 4 ATS y 4 médicos.

Catalina , en los EAP de Belmonte, Torrejoncillo del Rey, San Lorenzo de la Parrilla, Villamayor de Santiago, Carboneras de Guadazaón, Villalba de la Sierra, Tragacete (Cuenca), en los fines de semana, jueves y festivos durante 1.995 que se detallan en el certificado expresado, y en 1.996 los fines de semana, festivos y jueves de enero a marzo que se expresan, en los EAP de Tragacete, Tarancón y La Ventosa. El EAP de Carboneras Guadazón está atendido por 3 ATS; La ventosa por 3 miembros, Tragacete, dos médicos y un ATS, Torrejoncillo del Rey 4 médicos y 4 ATS, Belmonte 6 médicos y 6 ATS, Trancón 12 médicos y 14 ATS, Villamayor de Santiago 8 médicos y 4 ATS, Villalba de la Sierra 4 médicos y 3 ATS, San Lorenzo de la Parrilla 4 médicos y 3 ATS, Cañete 4 médicos y 4 ATS. Bruno prestó servicios en Urgencias de 17 a 9 horas del día siguiente, y festivos de 9 a 9 horas del día siguiente en 1.994 de mayo a diciembre inclusive, los días que se expresan en el certificado del INSALUD que se da por reproducido. En 1.995 de enero a diciembre y en 1.996 de enero a diciembre inclusive, conforme dicho documento. Juan Carlos , los fines de semana y festivos que constan en el certificado del INSALUD, en 1.995 en el EAP CS de San Clemente, de 8 miembros, de enero a junio, en el CS de Montalbo EAP de 4 médicos y 4 ATS de julio a diciembre. En 1.996 EAP de Montalbo de enero a diciembre inclusive. Alejandra prestó servicios en Urgencias en 1.995 de enero a diciembre inclusive, los festivos, fines de semana y laborables que detalla el certificado del INSALUD, y en 1.996 de enero a diciembre inclusive. Estando atendidos por 1 médico y 1 ATS. Ángeles prestó servicios en 1.995 en el EAP de Villalba del Rey, atendió por 3 miembros, los fines de semana y laborables de enero a mayo que refiere el certificado del INSALUD, y en 1.996 en el EAP de Cardenete, atendido por 3 miembros en febrero, los fines de semana 16, 17 y 18, y el jueves 15. Los Servicios de Urgencias están servidos por un médico y un ATS con carácter general. Tercero.- Reclaman que todos los días trabajados en el E.A.P. les sean retribuidos por el valor hora de atención continuada: 921 ptas. en 1.993/94; 953 ptas. en 1.995, y 986 ptas. en 1.996, y por ello las diferencias retributivas consiguientes entre lo percibido por refuerzo y lo que les hubiera correspondido percibir por atención continuada. Cuarto.- Se ha agotado la vía administrativa previa."

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante se formuló Recurso de Suplicación que fue impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los actores que han venido prestando sus servicios al INSALUD, como ATS/DUE, siendo contratados en el periodo a que se contrae su demanda, para realizar refuerzos, en los centros de Salud que específicamente se constatan en el relato fáctico de la resolución impugnada, solicitaban en su demanda que, las horas trabajadas en dicho periodo, que excediesen de las que propiamente debían ser conceptuadas como de refuerzo, les fuesen abonadas según el valor ordinario de la hora de atención continuada.

Pretensión desestimada por el Juez de instancia.

Mostrando ante ello su disconformidad los...

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