STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Abril de 2004

PonenteMARIA JESUS VEGAS TORRES
ECLIES:TSJM:2004:4695
Número de Recurso840/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 00574/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 840/99 S E N T E N C I A NÚM. 574 Ilmos. Sres.

Presidente:

Don Alfredo Roldán Herrero Magistrados:

Doña Clara Martínez de Careaga y García Don Francisco Javier Sancho Cuesta Doña María Jesús Vegas Torres Don José Félix Martín Corredera En la Villa de Madrid, a 15 de abril de 2004.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistra-dos relacionados al margen, los autos del recurso contencio-so-administrativo número 840/99 interpuesto por la procuradora sra. Camargo Sánchez, en nombre y representación de Consuelo , Dª Elisa Y D. Jose María , contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de Comunidad de Madrid de 5 de febrero de 1999, que aprueba definitivamente la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón. Ha sido parte demandada LA COMUNIDAD DE MADRID, representada por el letrado sr.Pflueger Tejero y el AYUNTAMIENTO DE ALCORCON, representado por el procurador sr. Granda Molero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedi-mentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso por la que se anule el Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón en cuanto previene que los terrenos ocupados por la finca de los recurrentes, sita en la plaza de los Caídos número 3, está calificada de zona verde o espacio libre de uso público.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administra-tivo impugna-do.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, se señaló para votación y fallo el día 13 de abril del presente año, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene su origen este proceso en la impugnación formulada por el recurrente contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de Comunidad de Madrid de 5 de febrero de 1999, que aprueba definitivamente la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón, en cuanto califica los terrenos ocupados por la finca de los recurrentes, sita en la plaza de los Caídos número 3, de zona verde o espacio libre de uso público

SEGUNDO

La parte recurrente aduce que es propietaria de un inmueble sito en la Plaza de los Caídos nº 3 de Alcorcón, y que el Plan General de Ordenación Urbana impugnado califica los terrenos ocupados por dicho inmueble como espacio libre de uso público o zona verde, calificación a su juicio impertinente por cuanto comporta la desaparación física del inmueble de su propiedad, que si bien carece de valor...

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