STSJ País Vasco , 12 de Julio de 2002

PonenteFLORENTINO EGUARAS MENDIRI
ECLIES:TSJPV:2002:3585
Número de Recurso1539/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1.539/2.002 N.I.G. 48.04.4-01/006263 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 12 de julio de 2.002.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres.D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y Dª. GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Fernando contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 7 (Bilbao) de fecha quince de Enero de dos mil dos, dictada en proceso sobre RPC, y entablado por Fernando frente a UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA . Es Ponente el Iltmo.

Sr. Magistrado D./ña. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: 1.- "El actor D. Fernando , mayor de edad con D.N.I. NUM000 , viene prestando servicios por cuenta y cargo de la Universidad del Pais Vasco, Euskal Herriko Universitatea con el puesto de Oficial de laboratorio Departamento de dibujo Facultad de Bellas Artes nivel retributivo 17.

SEGUNDO

El actor en el periodo reclamado ha venido desarrollando las siguientes funciones:

  1. -Talleres. .-Apertura y cierre. .-Control del estado y su utilización. .-Atención al alumnado con o sin profesor. Hay días que solo hay taller y el oficial está con los alumnos. Cuando hay clase el oficial atiende a los alumnos que están en clase y a los que están trabajando solo en los talleres. 2. Confección de formulaciones para grabado. Barnices: .-Aguafuerte. .-Blando. .- Azúcar. .- Barniz-laca para procesos de vertido.. Emulsiones de fotosensibles de sirigrafía. 3.Maquinaria (puesta a punto y utilización-asesoramiento). .-Prensas de serigrafía : - Acondicionamiento y colocación de la pantalla. - Recuperación de pantallas. .- Insoladora: - Asesoramiento sobre tiempos de esposición de las pantallas de serigrafía y posterior revelado. - Asesoramiento sobre recuperación de pantallas de serigrafía. - Asesoramiento sobre exposición de planchas presensibilizadas de offset. - Asesoramiento sobre confección de fotolitos en cámara fotográfica repromaster. - Asesorameinto sobre "scaneo" tratamiento de imágenes con equipo informático. Programas Adobe photoshop u fhotolook 2.08. .-Acondicionamiento y asesoramiento en la utilización de : -Tórculos. -Prensa hidráulica. -Prensa litográfica. -Prensas sacapruebas-ofsset.

.-Acondicionamiento del mordiente para procesos calcográficos (medida de grados "Baume" del Cloruro Férrico. -Asesorameinto en la utilización de prensa de transfer. -Asesorameinto sobre la utilización del "Chorro de arena" para procesos fotoxilográficos.

4Material fungible y almacenaje -Reposición del material fungible y petición a los proveedores.

TERCERO

La descripción del puesto de oficial de laboratorio recogido en la correspondiente monografía, incluye como funciones resumidas. Realización de la puesta a punto del material e instrumental de practicas de laboratorio, limpiando y retirando el utilizado y reponiendolo posteriormente, se encarga del mantenimiento y recepción del material e instrumental fungible e inventariable del laboratorio, siendo su descripción detallada la que se recoge en la citada monografía y actualización de monografía que de da por reproducido. La descripción del puesto de Técnico de laboratorio recogido en la correspondiente monografía , incluye como funciones resumidas la de efectuar tareas de tipo técnico, como apoyo a la investigación, docencia tesis, tesinas, proyectos fin de carrera etc. como descripción detallada lo que se recoge en la citada monografía y actualización que se dan por reproducidas.

CUARTO

La diferencia retributiva que corresponderia al nivel asignado al puesto de Oficial de laboratorio y al de Técnico de laboratorio en el periodo reclamado, asciende a 745.013 ptas = 4477,62 Euros".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que desestimando la demanda interpuesa por Fernando frente a UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra en este procedimiento".

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Social nº 7 de los de Bilbao dictó sentencia el 15 de enero de 2.002 en la que desestimó la demanda interpuesta por el trabajador, relativa a retribuciones por realización de funciones de categoria superior, al entender que las que viene realizando son las de oficial de laboratorio, coincidentes en algunos aspectos con las de técnico de laboratorio, y que precisamente las que no asume son las especiales de ésta última categoria.

SEGUNDO

Frente a la anterior sentencia se interpone recurso...

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