STSJ Extremadura , 10 de Octubre de 2002
Ponente | ELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO |
ECLI | ES:TSJEXT:2002:2242 |
Número de Recurso | 360/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
LA SECCIÓN DE REFUERZO DE La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA NUM 1.701 PRESIDENTE:
DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA /
En Cáceres a diez de Octubre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo número 360 de 2.000, promovido por el Procurador de los Tribunales Don Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de DOÑA Diana , siendo demandada la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura, recurso que versa sobre: Resolución desestimatoria presunta de la reclamación patrimonial formulada por la hoy actora Dª Diana frente a la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo con fecha 8 de febrero del 99, en reclamación de la cantidad de 248.782 pesetas en concepto de desperfectos sufridos en el vehículo matrícula F-....-FX como consecuencia de irrumpir un jabalí en la calzada. Cuantía 248.782 pesetas.
Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.
Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora. Por medio de Otrosí se solicitó el recibimiento del recurso a prueba por las partes.
Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Doña ELENA MÉNDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala.
Se somete a la consideración de la Sala la legalidad de la Resolución desestimatoria presunta de la reclamación patrimonial formulada por la hoy actora Dª Diana frente a la Consejería de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo con fecha 8 de febrero del 99, en reclamación de la cantidad de 248.782 pts en concepto de desperfectos sufridos en el vehículo matrícula...
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