STSJ Cataluña , 10 de Diciembre de 2001
Ponente | JOSE LUIS GOMEZ RUIZ |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:15503 |
Número de Recurso | 1179/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 1179/2001 Partes: Dª. Armando C/ AYUNTAMIENTO DE GUIMERÁ
SENTENCIA N°1311 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. ANGEL GARCIA FONTANET MAGISTRADOS D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUÍZ En la ciudad de Barcelona, a diez de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
1179/2001, interpuesto por Dª. Armando , representada y defendida por la letrada Dª. ANA RIVEROLA SOPRANIS, contra EL AYUNTAMIENTO DE GUIMERA.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUÍZ, quien expresa el parecer de la SALA.
La letrada citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de fecha 21-11-96 desestimatorio de la solicitud de depositar los restos mortales de sus antepasados en el cementerio municipal en un nicho acondicionado o, subsidiariamente, se le indemnice con 1.000.000 ptas.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por auto de 3 de abril de 1998, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las que sé propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 10 de diciembre del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Mediante el presente recurso se presenta una pretensión compensatoria e indemnizatoria por el cauce de la responsabilidad patrimonial de la Administración, derivada de la declaración de ruina de parte del cementerio del que es titular el Ayuntamiento...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba