STSJ Cataluña , 11 de Octubre de 2002

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2002:11353
Número de Recurso621/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº 621/98 Partes: Teresa C/ INSTITUT MUNICIPAL D´ASISTENCIA SANITARIA (IMAS)

S E N T E N C I A Nº 1336 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a once de octubre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

621/98, interpuesto por Teresa , representada por el Procurador D. Manuel. Sugrañes Perotes y asitida por el letrado D. Santiago Granados Sayaveras, contra INSTITUT MUNICIPAL D´ASISTENCIA SANITARIA (IMAS), representado por el Procurador D. Antonio de Anzizu Furest y asistido por el letrado D. Juan M. Dominguez Ventura. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el citado letrado, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la denegación presunta de la reclamación efectuada en fecha 21-6-97 para inicio de expediente de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios a consecuencia de asistencia sanitaria recibida en el Hospital del Mar de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de fecha 1 diciembre de 2000, se acordó el recibimiento del pleito a prueba, continuándose por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, señalándose para votación y fallo el día 11 de octubre de 2002 a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ejerce en el presente procedimiento una acción de responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria, estableciendose como titulo de imputación la deficiente asistencia médica prestada a la paciente en las intervenciones quirúrgicas a que fue sometida en el centro dependiente de la Administración demandada, el día 30 de Diciembre de 1997 en la que se omitió la prueba exploratoria colangiografia a fin de averiguar la existencia de cálculos en el colédoco, lo que provocó la necesidad de una segunda intervención el 24 de enero de 1993, constatada la existencia de aquellos lo que había desencadenado una Sepsis de origen biliar, reprochandose un injustificable retardo en su practica, y aún una tercera intervención al aparecer sangrado hepático por desgarro.

SEGUNDO

Se han incorporado al presente procedimiento cuantos informes periciales médicos se emitieron en el procedimiento civil seguido por los mismo hechos , bajo el número Menor Cuantía 609-94 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Barcelona y posterior Rollo 1355-95 de la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, y se ha practicado como prueba esencial una nueva pericial médica a cargo de la Cátedra de Medicinal Legal de la...

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