STSJ Murcia , 10 de Julio de 2002

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2002:1882
Número de Recurso1160/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 1160/99 SENTENCIA nº. 697/02 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Joaquín Moreno Grau D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 697/02 En Murcia a diez de julio de dos mil dos. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº. 1160/99, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada (inferior a 25.000.000 ptas.), y referido a: extemporaneidad del recurso de reposición formulado frente a la alteración del valor catastral de la finca del actor.

Parte demandante:

D. Guillermo , representado por el Procurador D. Alfonso Albacete Manresa y dirigido por el Abogado D. Francisco A. Espinosa Albacete.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 22 de julio de 1999 desestimatoria de la reclamación económico administrativa R-30/3407/98 interpuesta contra el acuerdo de la Gerencia Territorial del Catastro de Murcia-Provincia, que inadmite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto frente a alteración en la base de datos catastral de la finca registral NUM000 , correspondiente al municipio de San Javier; vía: Cl. POLÍGONO000 NUM001 , parcela NUM001 , otorgándole un valor catastral de 99.636.219 ptas., en el año 1997.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte la oportuna resolución que estimando el recurso declare nula y sin efecto alguno la reclamación económico administrativa del Tribunal Económico Administrativo Regional y la del Centro de Gestión Catastral de la que aquella trae causa.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 14-10-99, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en autos y cuya valoración en su caso se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo...

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