STSJ Extremadura , 18 de Octubre de 2001

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2001:2112
Número de Recurso922/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S. M. EL REY HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA N°.1.626 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA B. DE LA CRUZ MERA En Cáceres a dieciocho de octubre de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 922 de 1.998, promovido por el Letrado Sr. Moreno Alvarez, en nombre y representación del recurrente DOÑA Gloria , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución de la Subdirección General de Recursos de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales de 16.2.98 en acta de Infracción E- 172/97 en expediente sancionador número 13820/97. Extinción subsidio desempleo trabajadores del R.C.A. Cuantía.- Indeterminada.-.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictada sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS, que expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante Doña Gloria formula recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo, de fecha 16 de Febrero de 1998, que acuerda desestimar el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de fecha 20 de Mayo de 1997, que imponía a la actora la sanción de extinción de la prestación por desempleo desde el 13-12-95, con devolución de las cantidades indebidamente percibidas que fije la entidad gestora. La parte actora expone en su escrito de demanda que no ha existido ánimo defraudador en su conducta, cumpliendo los requisitos establecidos en el Real Decreto 1387/90. La Administración demandada, por su parte, interesa la desestimación del presente recurso con base a las consideraciones que obran en su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

El Acta de Infracción imputa a la demandante tres hechos que constituyen una infracción muy grave tipificada en el artículo 30,3,1 de la Ley 8/88,...

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