STSJ La Rioja , 16 de Febrero de 2000

PonenteVALENTIN DE LA IGLESIA DUARTE
ECLIES:TSJLR:2000:129
Número de Recurso686/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Dieciseis de Febrero de dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, y completada por el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Valentín de la Iglesia Duarte, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº(88)

Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 686/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento ordinario, a instancia de Dª.

Leonor , representada por el Procurador Don FRANCISCO JAVIER GARCIA APARICIO y defendida por la Letrada Dña. YOLANDA CARRETERO HERNANZ, siendo demandado el TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE LA RIOJA, representado y defendido, a su vez, por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; recurso cuya cuantia se cifró en 1.784.104 pesetas.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 6 de agosto de 1998 se interpuso, ante esta Sala y a nombre de Dª Leonor recurso contencioso-administrativo contra Resolución del T. E. A. R. de fecha 27 de Mayo de 1998, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa N 165/98, interpuesta contra acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria, por el que se desestima la solicitud de rectificación de declaración-liquidación correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ejercicio 1995.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 11 de Marzo de 1999, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO: dicte sentencia por la que se revoque la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de La Rioja de fecha 27 de mayo de 1998, recaída en el expediente 26/165/98, objeto del presente Recurso Contencioso-Administrativo, decretándose la devolución a Dª. Leonor , de la cantidad de 1.784.104 pesetas, indebidamente ingresadas en la autoliquidación-declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1995, con sus intereses correspondientes".

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendio oportunos, y solicitando finalmente la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, tras lo cual se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 11 de Febrero de 2000, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente proceso decidir sobre la conformidad a Derecho de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de La Rioja, de fecha 27 de mayo de 1998, que desestimó la reclamación promovida por la aquí demandante, y sustanciada ante dicho órgano con el número 165/98, contra acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria denegatorio de la solicitud de rectificación de...

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