STSJ Extremadura , 16 de Diciembre de 2002

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2002:2780
Número de Recurso800/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La sección de refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 2119 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a dieciséis de diciembre de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 800 de 2000, promovido por el Procurador D. Enrique De Francisco Simón, en nombre y representación de la recurrente Dª. Antonia , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de fecha 13 de Junio de 2000, que acuerda desestimar el recurso de alzada formulado contra la Resolución de la Dirección Provincial de Cáceres del Instituto Nacional de Empleo, de 2 de Noviembre de 1999, adoptada por delegación del Director General, así como contra los actos de ejecución de dichas resoluciones.- Cuantía.- 973.684 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Don DANIEL RUIZ BALLESTEROS.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demandante Doña Antonia formula recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de fecha 13 de Junio de 2000, que acuerda desestimar el recurso de alzada formulado contra la Resolución de la Dirección Provincial de Cáceres del Instituto Nacional de Empleo, de 2 de Noviembre de 1999, adoptada por delegación del Director General, así como contra los actos de ejecución de dichas resoluciones. La cuestión litigiosa planteada en el presente juicio se refiere al reintegro de la subvención y bonificaciones de la Seguridad Social, concedidas a la demandante por Resolución de la Dirección Provincial de Cáceres del Instituto Nacional de Empleo, de 19 de Junio de 1997, por la contratación del trabajador minusválido Don Alejandro el día 29 de Enero de 1997.

La parte actora alega en su escrito de demanda que la empresa " DIRECCION000 ." sucedió a la actora que era empresario individual, subrogándose en los contratos laborales que ésta tenía. La Administración...

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