STSJ Cataluña 7689/2000, 27 de Septiembre de 2000

PonenteANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2000:11826
Número de Recurso3710/2000
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7689/2000
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZADª. ÁNGELES VIVAS LARRUYDª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA

Rollo núm. 3710/2000

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

j.a

ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA

ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY

ILMA. SRA. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA

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En Barcelona a 27 de septiembre de 2000

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 7689/2000

En el recurso de suplicación interpuesto por CONSORCI SANITARI DE BARCELONA y SERVEI CATALÀ DE LA SALUT frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº21 Barcelona de fecha 8 de febrero de 2000 dictada en el procedimiento nº 1011/1999 y siendo recurrido Jose Ignacio y Filomena . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de octubre de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado delo Social demanda sobre Reintegro gastos médicos, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 8 de febrero de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda interpuesta por Jose Ignacio y Filomena contra el Servei Catalá de la Salut y Consorci Sanitari de Barcelona en reclamación por reintegro de gastos médicos, debo condenar y condeno a las demandas a abonar a la parte actora la cantidad de 891.980 ptas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Los codemandantes son padres de D. Ignacio fallecido a los 42 años de edad el 274/6/99 por cancer de pulmón (doc. 1 parte actora).

  1. - El paciente venía siendo tratado en la medicina pública dependiente del SCS, la que el 23 de mayo de 1997 emitió un informe de radiología enel sentido de que padecía de "ocupación ventilatoria pulmonar izquierdo", asociado a dolor cervico-dorsal, irradiado a tórax, con antecedentes de traumatismo por accidente de circulación (doc 5 parte actora).

  2. - Estuvo de baja por incapacidad temporal desde el 26 de junio de 1997 (doc 6).

  3. - Fue citado por el Cram para control de su situación de incapacidad temporal, que emitió informe el 29 de octubre de 1997 según el que se evidenciaba denervación activa de C8 a D1 (doc 8).

  4. - Al persistir e intensificarse los dolores de tórax el paciente acudió a urgencias de la Clínica Quirón donde se le practicó scanner del que resultó, según informe de anatomía patológica del 16 de diciembre de 1997 la existencia de "carcinoma poco diferenciado de célula grande, pulmón" (doc 16).

  5. - Fue remitido el mismo día a la Clínica del Valle Hebrón, la cual el mismo día emitió informe en la parte pertinente de este tenor: "desde hace un año presenta dolor torácico izquierdo irradiado a ESI progresivo en intensidad con cuadro constitucional en los últimos meses, con pérdida de peso de unos 15 kg. Ingresó en día 8 de diciembre de 1997 en Hospital Quirón, donde se inicia estudio. La exploración se destacaba caquexia, acropaquia, matidez enápex izquierdo pulmonar hepatomegalia de tres traveses, a la placa de tórax masa de gran tamaño en lóbulo superior izquierdo."

  6. - Según este informe el tumor tenía unas dimensiones de 9 x 6 cem. y que el enfermo había perdido unos 15 kg. en losúltimos meses.

  7. - El total de gastos generados por la estancia y pruebas en la clínica privada asciende a la cantidad reclamada de 891.980 ptas. (docs 10 a 15 y 19 a 22 parte actora).

  8. - Solicitado el reintegro de los gastos por resolución de 17 de marzo de 1999 fue denegada por...

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