STSJ Castilla y León , 2 de Marzo de 2001

PonenteMARIA TERESA MONASTERIO PEREZ
ECLIES:TSJCL:2001:1275
Número de Recurso120/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a dos de Marzo de dos mil uno. En el recurso de Suplicación número 120/01 interpuesto por la representación letrada del INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos, en autos número 937/00 seguidos a instancia de TECNY-FARMA S.A., contra el expresado recurrente, en reclamación sobre Reintegro de gastos. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª Teresa Monasterio Pérez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 28 de Diciembre cuya parte dispositiva dice: "

FALLO

.

- Que estimando la demanda presentada por TECNY-FARMA, S.A. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD debo declarar y declaro la obligación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD de reembolsar a la empresa actora la cantidad de 2.046.199 pts por los conceptos expresados en esta Resolución, condenando a dicho Organismo demandado a estar y pasar por esta declaración y a abonar a TECNY-FARMA S.A. la .cantidad indicada de 2.046.199 pts."

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: "PRIMERO.

- La empresa TECNY- FARMA S.A. se dedica a la fabricación de muebles especiales e integrales de Oficinas de Farmacia, estando dada de alta en la Seguridad Social con el número 09/44530/56, prestando servicios para dicha empresa el trabajador Don Jose María , afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , desempeñando funciones de Representación. SEGUNDO. - Con motivo de una Feria Internacional de Muebles de Farmacia celebrada en la localidad de Berna (Suiza), donde la empresa actora instaló un "stand" de exposición y venta de su producto, desplazó a la citada ciudad al trabajador Don Jose María , habiendo tenido que ser ingresado el mismo de urgencia el día 14 de septiembre de 1.999 en la Clínica más cercana (Clínica Sonmenhof) a la Feria, al presentar el Sr. Jose María una Pleuresía (cápsula de pus) y Bronconeumonía bilateral, habiendo sido intervenido en fecha 17 de septiembre de 1.999 con apertura de tórax y extracción de cápsula de pus, habiendo permanecido ingresado desde el día 14 hasta el día 25 de septiembre de 1.999, correspondiendo el cuadro médico que presentaba el referido trabajador a una situación extrema con riesgo de muerte en caso de no haber sido intervenido en su debido momento, habiéndose trasladado su esposa a la localidad de Berna, permaneciendo junto a él hasta que fue dado de alta médica. TERCERO. - Por el motivo antes indicado la empresa TECNY-FARMA S.A. ha satisfecho los siguientes gastos - Gastos de estancia de Don Jose María en la Clínica, Intervención y Fármacos: 4.855.695 pts. - Gastos de estancia de su esposa: 53.881 pts. - Viaje de ida y vuelta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Andalucía 1288/2010, 4 de Mayo de 2010
    • España
    • 4 Mayo 2010
    ...ficta confessio es una facultad discrecional del juzgador (SSTS 29-4-88, RJ 3045; 25-1-91, RJ 179; STSJ Cataluña 17-12-99, AS 408/00; STSJ Burgos 2-3-01, AS 1410; STSJA Málaga 29-6-01, AS 3157; STSJ Extremadura 6-4-01, AS 1268; STSJ Madrid 10-11-04, AS 3889 ). Esta facultad de dar por confe......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR