STSJ Aragón , 16 de Octubre de 2000

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2000:2396
Número de Recurso722/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 722/1999 Sentencia número: 988/2000 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a dieciséis de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 722 de 1999 (Autos núm. 225 y 226/99), interpuesto por la parte demandante D. Lázaro y D. Ángel , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 21 de julio de 1999, siendo demandante el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, sobre reclamación de cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Lázaro y D. Ángel , contra el INSALUD, sobre reclamación de cantidad, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 21 de julio de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que debo desestimar las demandas acumuladas y formuladas por Lázaro y Ángel contra el Instituto Nacional de la Salud".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.-Que los actores Lázaro y Ángel cuyos datos de identidad constan en las demandas cumuladas y se dan por reproducidos, jubilados y adscritos al Estatuto regulado por O.M. de 26-4-1973 consta en la demanda fueron declarados en situación de jubilación por resoluciones de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social con derecho a pensión inicial de 149.436 pesetas el Sr. Lázaro con efectos de 26-6-1994 y con concesión por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Salud de 1-8-1994 del complemento de pensión por jubilación según el art. 151 de su Estatuto de 97.328 pesetas resultado de restar a la nómina del mes anterior a la jubilación el importe de la pensión de jubilación y con derecho a pensión inicial de 214.177 pesetas el Sr. Ángel con efectos de 31-12-1994 y con concesión por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Salud de 12-12-994 del complemento de pensión por jubilación según el art. 151 de su Estatuto de 39.211 pesetas resultado de restar a la nómina del s anterior a la jubilación el importe de la pensión de jubilación que desde entonces han percibido los actores sin variaciones.

  1. - Que por resolución de 12-3-1999 de la Dirección Gerencia el Instituto Nacional de la Salud se redujo a los actores el complemento de pensión indicado en los términos y cuantía que consta en el expediente administrativo y con efectos de marzo de 1999 .

  2. - Que los actores formularon reclamación previa en fechas 2-4-1999 y 13-4- 1999 que se desestimaron por resolución de 5-5-999 de la parte demandada con el contenido que es de ver en autos".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la otra parte .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado desestima la demanda, impugnatoria del acuerdo de la Gestora demandada por el que se reducía, en...

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