STSJ Castilla-La Mancha , 20 de Abril de 2001
Ponente | JOSE BORREGO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2001:1227 |
Número de Recurso | 564/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso nº 564/98 GUADALAJARA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.
Presidente:
Iltmo. Sr. D. José Borrego López.
Magistrados:
Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.
Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.
SENTENCIA Nº
En Albacete, a veinte de Abril de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 564/98, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de DOÑA María Teresa , mayor de edad, vecina de Madrid y con D.N.I. nº NUM000 , representada por el Procurador Don Carmelo Gómez Pérez y dirigida por el Letrado Don Felipe Solano Ramírez, contra el AYUNTAMIENTO DE HERAS DE AYUSO, representado por el Procurador Don Lorenzo Gómez Monteagudo y dirigido por el Letrado Don Luis Rodrigo Arribas, en materia de regulación especial entre el margen izquierdo del río Badiel y el margen derecho arroyo de la Torre. Siendo Ponente, el Iltmo.
Sr. Don José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.
Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 31 de Marzo de 1998, recurso contencioso-administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Heras de Ayuso, de fecha 18 de Noviembre de 1997.
Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que con estimación del presente recurso, se declare no conforme a derecho el acto recurrido, anulándole totalmente, declarándose así mismo que dicho acto es nulo de pleno derecho, y todo ello con imposición de las costas de este recurso al Ayuntamiento de Heras de Ayuso.
Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que, desestimándose íntegramente las pretensiones de contrario deducidas, se declare la conformidad a Derecho del acuerdo recurrido con expresa imposición a la parte recurrente de las costas causadas.
Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 6 de Abril de 2001, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Es objeto de impugnación en esta primera instancia judicial, el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Heras de Ayuso (Guadalajara), de fecha 18 de Noviembre de 1997, por el que se procedía a la aprobación de la regulación especial entre el margen izquierdo del río Badiel y el margen derecho Arroyo de la Torre.
Con carácter previo, procede entrar en el análisis de la causa de inadmisibilidad planteada por la Corporación local, consistente en la posible extemporaneidad. Dicho óbice procesal en ningún caso puede prosperar, pues esta Sala ya procedió a su denegación por Auto de fecha 01 de Diciembre de 1998; y por las mismas razones que determinaron en su día la misma, procede en este momento procesal su rechazo....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba