STSJ Andalucía , 26 de Septiembre de 2003

PonenteTOMAS COBO OLVERA
ECLIES:TSJAND:2003:12217
Número de Recurso188/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

1 SENTENCIA N 2806 DE 2.003 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA ILUSTRÍSIMOS SE ORES:

PRESIDENTE D . JOAQUIN BERNALDO DE QUIROS MAGISTRADOS D . JESÚS ROMERO ROMAN D. SANTIAGO CRUZ GOMEZ.

D. TOMAS COBO OLVERA En la Ciudad de Málaga a VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE de dos mil tres.- Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 188 de 1998, interpuesto por D. Benjamín , representado por al Procuradora Dª. Ana Gomez Tienda y asistido por el Letrado Dª. Rocío Sánchez González, contra TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCIA, representado y asistido del ABOGADO DEL ESTADO .

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON TOMAS COBO OLVERA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Ana Goméz Tienda, en representación de Benjamín , se interpuso recurso contencioso-administrativo contra resolución del TEARA de fecha 26-11-97, registrándose el recurso con el número 188/1998 y de cuantía 783696 pesetas

SEGUNDO

Admitido a trámite, anunciada su incoación y recibido el expediente administrativo se dio traslado a la parte actora para deducir demanda, lo que efectuó en tiempo y forma mediante escrito, que en lo sustancial se da aquí por reproducido, y en el que se suplicaba se dictase sentencia "en virtud de la cual se declare la nulidad del acto recurrido".

TERCERO

Dado traslado al demandado para contestar la demanda, lo efectuó mediante escrito, que en lo sustancial se da por reproducido en el que suplicaba se dictase sentencia "confirme el acto impugnado por ser conforme a Derecho".

CUARTO

Por Auto de 14-7-2000 se recibió el pleito a prueba, cuyo resultado consta en las actuaciones, y no siendo necesaria la celebración del vista pública, pasaron los autos a conclusiones, que evacuaron las partes en tiempo y forma mediante escritos que obran unidos a autos, señalándose en fecha 9-9-2003 día para votación y fallo.

QUINTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las exigencias legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo de Andalucía (Sala de Málaga) de fecha 26 de noviembre de 1.997 acordando desestimar la reclamanción confirmando el acuerdo impugnado, concretamente la liquidación girada por la Administración de Málaga- Este de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, como consecuencia de no haber admitido la Administración la...

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