STSJ Asturias , 11 de Junio de 2004

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2004:3114
Número de Recurso2840/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 01948/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN N.I.G: 33044 34 4 2003 0107402 , MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002840 /2003 Materia: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL Recurrente/s: Gustavo Recurrido/s: INSS, MANCOMUNIDAD DE MONTES DE PEÑA MAYOR, TGSS JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de OVIEDO DEMANDA 0000135 /2003 Sentencia número: 1948/04 Ilmos. Sres.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ En OVIEDO a once de Junio de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002840 /2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MARIA JESUS SANCHEZ OBESO, en nombre y representación de Gustavo , contra la sentencia de fecha trece de mayo de dos mil tres, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 005 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000135/2003 , seguidos a instancia de Gustavo frente a INSS, MANCOMUNIDAD DE MONTES DE PEÑA MAYOR, TGSS, parte demandada, en reclamación por afiliación, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha trece de mayo de dos mil tres por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante, DON Gustavo , viene prestando servicios desde el 3 de febrero de 1993 para la MANCOMUNIDAD DE MONTES PEÑAMAYOR, con la categoría profesional de vigilante de montes, percibiendo una retribución salarial de 1022,85 euros mensuales incluido el prorrateo de pagas extraordinarias.

  2. - La empresa empleadora del actor le dio de alta en el Régimen Especial Agrario como trabajador por cuenta ajena.

  3. - El 7 de octubre de 2002, el actor formuló ante la Tesorería General de la Seguridad Social solicitud de encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de la empresa Mancomunidad de Montes de Peñamayor. El 4 de diciembre de 2002 fue dictada resolución acordando mantener de alta en el Régimen Especial Agrario, sección cuenta ajena, al actor.

  4. - La Mancomunidad de Montes de Peñamayor es una entidad local cuyos objetivos son la ordenación de los recursos pastables de los montes de Peñamayor.

  5. - El actor forma parte del personal de la ganadería para la vigilancia de pastos que posee la Mancomunidad y viene realizando las funciones de: vigilancia de los montes y ganados, controlando los censos de los mismo, marcajes y prindaje de ganados que carezcan de licencias de pastos, tareas de abonado, plantación de arbolado, ejecución y conservación de pista y en general todas las que correspondan a la vigilancia y...

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