STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Abril de 2004

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2004:5284
Número de Recurso947/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3 MADRID SENTENCIA: 00598/2004 Recurso nº. 947/2001 Ponente: Sra. Fátima Arana Azpitarte Recurrente: FEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE ENSEÑANZA DE ANDALUCIA (FESIE-ANDALUCIA)

Proc. Sra. Munar Serrano Demandado: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NÚM.-598 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS Dª. Fátima Arana Azpitarte D. Rafael Estévez Pendás ....................................................

En Madrid, a veintiséis de abril de dos mil cuatro.

Visto por la Sección del margen el recurso nº 947/2001 interpuesto por la Procuradora Dª Nuria Munar Serrano, en nombre y representación de FEDERACIÓN DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE ENSEÑANZA DE ANDALUCIA (FESIE-ANDALUCIA) contra la Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de fecha 6 de abril de 2001; habiendo sido parte demandada el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, representado por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos , suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 23 de abril dos mil cuatro.

Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Fátima Arana Azpitarte

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La procuradora Dª Nuria Munar Serrano actuando en representación de FEDERACION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DE ENSEÑANZA DE ANDALUCIA (FESIE- ANDALUCIA), interpone recurso contencioso administrativo contra la Resolución de fecha 6 de abril de 2001 del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 6 de marzo de 2000 de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo que acordó el reintegro de subvenciones concedidas con cargo al plan de formación continua.

Como antecedentes de interés para la resolución del recurso deben de ponerse de manifiesto los siguientes:

  1. - a la recurrente le fue concedida ayuda para la formación continua por importe de 20.264.385 ptas.

    para la financiación de acciones formativas con cargo a la financiación prevista en el II Acuerdo Tripartito de Formación Continua en la convocatoria correspondiente al año 1997.

  2. - En fecha 1 de julio de 1998 el FORCEM formuló propuesta de liquidación en que certificaba 0 ptas. invertidas en la realización de la actividad para la que la subvención había sido concedida, al considerar que la documentación aportada por la recurrente en justificación de la inversión, adolecía de defectos tales como haberse emitido las facturas a una entidad distinta de la recurrente sin aportar justificación de qué gasto recaía sobre la entidad benéfica e incumplimiento por diversas facturas de alguno de los requisitos exigidos en la formalización de las mismas (nº, fecha, CIF etc...),concediéndose 10 días para subsanar los defectos observados y formular...

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