STSJ Asturias , 20 de Abril de 2001

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1816
Número de Recurso1584/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 1584/2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 2/2000 RECURRENTE/S: Tomás RECURRIDO/S: INSS, TGSS, MINA COYA, S.A., FREMAP SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veinte de Abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZÁLEZ, D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 1011/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Tomás contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de fecha seis de marzo de dos mil, dictada en proceso sobre Invalidez Permanente Absoluta, y entablado por Tomás frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mina Coya, S.A. y Mutua Fremap, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha seis de marzo de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Tomás , nacido el 28 de agosto de 1.958, D.N.I. n° NUM000 , figura afiliado a la Seguridad Social Régimen Especial de la Minería del Carbón con el n° NUM001 , siendo su profesión habitual la de picador hallándose actualmente en situación de desempleo.

  2. - Seguidas actuaciones administrativas sobre invalidez en virtud de solicitud presentada el 29 de abril de 1.999, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por Resolución de fecha 19 de noviembre de 1.999, previa propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, de 18 de noviembre de 1.999 declaró que el actor no esta afectado de incapacidad permanente en ninguno de sus grados.

  3. - Por el Equipo de Valoración de Incapacidades, se emitió el preceptivo dictamen médico el día 5 de noviembre de 1.999.

  4. - Formulada reclamación previa fue desestimada por Resolución de 15 de diciembre de 1.999.

  5. - La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 399.780 pesetas mensuales y la fecha de efectos es 18 de noviembre de 1.999.

  6. - El actor padece: patrón nodular difuso compatible con Neumoconiosis, síndrome de wolf- parkinson-wite intermitente con probable crisis de taquicardia.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Social n° 1 de...

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