STSJ Andalucía , 14 de Abril de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2000:5847
Número de Recurso2270/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 2270/99 Sentencia nº : 738/00 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. LUIS JACINTO MAQUEDA ABREU Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga a catorce de abril de dos mil. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por D. Alexander contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número ocho de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Alexander sobre invalidez siendo demandado el Instituto Nacional de la Seguridad Social habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 5 de julio de 1999 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ).- El actor, en fecha 16.07.98 solicitó el Pago Directo de Incapacidad Temporal, después de haber sido baja en fecha 24.06.98.

  2. ).- En fecha 10.11.98 el Instituto Nacional de la Seguridad Social desestima la Reclamación Previa interpuesta por el actor en fecha 05.10.98 contra la Resolución de fecha 27.07.98.

  3. ).- En fecha 22.06.98 el actor presentó ante la Tesorería General de la Seguridad Social solicitud de aplazamiento extraordinario de cuotas, desde abril 91 a abril 98, siéndole concedido el aplazamiento en fecha 01.07.98.

  4. ).- El actor acredita en alta de Seguridad Social 3.957 días a la fecha 22.07.98, de los que 1278 corresponden al Régimen General y 2.679 al Régimen Especial Agrario. Se da por reproducido en lo necesario el Informe de Vida Laboral obrante en autos.

  5. ).- La base reguladora diaria asciende a 2.737 ptas.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte actora, recurso que formalizó, no siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Que contra la sentencia de instancia que desestima la demanda sobre incapacidad temporal promovida por el actor y confirma la resolución dictada en vía administrativa, interpone recurso de suplicación el demandante formulando un único motivo, al amparo de lo dispuesto en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, para denunciar la infracción del artículo 130 a) de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el artículo 42 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de recaudación de recursos del sistema de la Seguridad Social; artículos 22-2 y 27 de la Orden Ministerial de 22 de febrero de 1996, por la que se desarrolla el anterior Reglamento; artículos 41-2 y 46 del Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre, y artículo 5-3 del Decreto 2123/1971. La entidad gestora demandada deniega la prestación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR