STSJ Galicia , 19 de Mayo de 2005
Ponente | JOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:1053 |
Número de Recurso | 4352/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso N° 4352/2002 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 372/2005 ILMOS. SRS. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO - PTE. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL En la ciudad de A Coruña, a diecinueve de mayo de dos mil cinco.
En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4352/02 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Dª. María Antonieta , representada por Dª. María Angeles Fernández Rodríguez y dirigida por D. José Luis Móndelo García, contra el Acuerdo de 20-12-01 del Ayuntamiento de Ourense. Es parte demandada el Ayuntamiento de Ourense, representado por D. Javier Bejerano Fernández y dirigido por Dª.
Ana Blanco Regueira. Actúa como codemandada "Xestión urbanística de Ourense, S.A.", representada por D. Antonio Pardo Fabeiro y dirigida por D. Francisco Javier de Cisneros Cid. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso. Lo mismo hizo la codemandada al cumplimentar dicho trámite.
Denegado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones, se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 12-5- 05.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo de 20-12-01 del Ayuntamiento de Ourense por el que se dio aprobación definitiva a la Modificación Puntual del PERI del Casco Histórico en la Zona 12, Unidad de Ejecución 4.
En el fundamento jurídico de la demanda dedicado a los temas de fondo se argumenta que la Administración demandada pretende introducir, al amparo del cumplimiento de la sentencia de esta Sala de 29-6-2000 , una modificación de la delimitación de la UE-4 a costa de los terrenos propiedad de la recurrente; que la resolución del Ayuntamiento contraviene lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley del Suelo de Galicia al prescindir de la redacción de un estudio de detalle; y que por haberse introducido modificaciones sustanciales en la tramitación del expediente se vulneró lo dispuesto en el artículo 43 de dicha Ley . Esta alegación, por referirse a los trámites procedimentales seguidos, es la primera que procede examinar. El citado...
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