STSJ Cataluña 7266/2003, 19 de Noviembre de 2003

PonenteMª Lourdes Arastey Sahún
ECLIES:TSJCAT:2003:11621
Número de Recurso19/11/2003
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7266/2003
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

mm

ILMO. SR. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER

ILMO. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO

ILMA. SRA. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN

En Barcelona a 19 de novembre de 2003

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7266/2003

En el recurso de suplicación interpuesto por Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Girona de fecha 30 de octubre de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 449/2002 y siendo recurrido/a Claudio , FOGASA. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 29 de agosto de 2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de octubre de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Estimar la demanda formulada por Claudio frente a CAJA MADRID, y declarando el despido operado improcedente, condenar a la empresa demandada a que en el plazo de cinco dias desde la notificación de la presente resolución, opte entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones laborales, con abono de los salarios devengados, o extinguir la relación laboral indemnizando al trabajador enla cantidad de 77.087'80 E, debiéndose entender que opta por la readmisión si no se produce en plazo esta opción; asimismo la empresa deberá ingresar en la cuenta corriente de este Juzgado núm. 1671 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, de la sanción económica de 300'51 E expuesta en el Fundamento de Derecho cuarto.

En el presente procedimiento ha sido parte procesal el Fondo de Garantía Salarial.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"D. Claudio presta servicios para la empresa Caja Madrid (Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid), teniendo reconocida una antigüedad de 10.7.87, una categoría profesional de nivel 9 PDP (4ª C), y un salario en cómputo anual de 3.401'03 E/mes. (F.93 y 178)

SEGUNDO

El actor viene realizando las funciones de DIRECCION000 sucursal desde el año 1995, primero en Mataró y desde 1999 en Girona. (No controvertido)

TERCERO

El trabajador está afiliado al sindicado CC.OO (con sección sindical en la empresa). (o controvertido)

CUARTO

Con efectos de 1.8.02, la empresa notificó al trabajador el día 26.7.02 su despido, en los siguientes términos:

"Muy señor mio:

Una vez analizado el informe elaborado por el Area de Auditoría de Banca Comercial de fecha 8.7.02 así como en el escrito de alegaciones remitido por Vd. de fecha 19.7.02, se ha llegado a la conclusión que es Vd. responsable de una serie de incumplimientosmuy graves y culpables de sus obligaciones laboral.

En concreto, dichos incumplimientos con los siguientes:

  1. - Abusando de su condición de empleado y del puesto que ocupa en la Entidad, ha financiado Vd. irregularmente y otorgado trato de favor, a diversas sociedades, todas ellas relacionadas entre sí, a través de D. Pablo , y a diversas personas físicas, mediante el mecanismo de conocer líneas de descuento de efectos a dichas sociedades y/o personas físicas, de las que no existe constancia de actividad comercial, disponiéndose del importe abonado en dichas líneas, en efectivo, en la mayoría de las ocasiones, e ingresándose dicho importe en las cuentas de otras sociedades cedentes, con la única finalidad de dotar de liquidez a estas sociedades, por lo que el papel de colusión.

    Con esta operativa se ha excedido Vd. además, en las facultades que tiene delegadas en materia de concesión de operaciones de riesgo puesto que de haber procedido a la vinculación de estas sociedadesentre sí, como hubiera sido preceptivo, la concesión de las mencionadas líneas de descuento hubiera correspondido a un Comité superior.

    Asimismo, al conceder Vd., irregular e indebidamente, las mencionadas operaciones, ha incumplido la normativa interna de la Entidad dado que en las fechas en que concedió Vd. las mismas, la mayoría de las sociedades y/o personas físicas, así como los socios administradores, tenían numerosas anotaciones en los ficheros de incidencias, RAI, ASNEF, BUREAU y BIJ, sin que Vd. solicitara justificación documental del pago t/o sin haber aclarado los motivos que aconsejaran la concesión, por su parte, de las operaciones irregulares mencionadas; a pesar de la existencia de tales incidencias.

    El desglose de laoperativa irregular mencionada es el siguiente:

    1.1. Con fecha 30.10.01 concedió Vd. irregularmente, la línea de descuento nº 264.561/83, a nombre de Florcat, S.L., por importe de 114.192 E.

    Asimismo, en el periodo comprendido entre el 31.10.01 y el 22.5.02, ha realizado Vd. abonos de remesas en la cuenta nº 91526000016347, a nombre de Florcat , S.L., disponiéndose en efectivo la cantidad de 256.393 E, para su posterior ingreso en las cuentas de otras de las sociedades titulares de líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd.

    En concreto, las personas físicas o jurídicas libradoras de los efectos, así como los importes vencidos y los importes con riesgo en curso, son los siguientes:

    LIBRADO IMPORTE RIESGO FECHA DE OBSERVA

    EN CURSO VENCIM. CIONES

    Zarua S.L. 112.935

    Palabras Irujo 57.697

    Contro Was SL (1) 37.800

    Lopta Europ SL (2) 18.631 6.3.02 Este pagaré resultó impagado a su vencimiento atendiéndose mediante el descuento de un nuevo pagaré a cargo de Lopa E. SL y que se describe a cont.

    Lopta Europ SL 18.640 11.6.02

    Lopta Europ S.L. 18.650 6.6.02 Este pagaré resultó impagado, encontrándos actualmente en situación de morosidad.

    Pablo (3) 17.800 8.7.02

    Pablo 19.100 16.7.02

    Pablo 20.000 17.7.02

    (1) Esta sociedad aparece también como librado en las líneas de descuento concedias irregularmente por Vd. nº 268.538/09, 269506/10, 271308/15.

    (2) Esta sociedad aparece también como librado en las líneas de descuento concedidas irregularmente,por Vd,, nº 267542/12, 265929/52, 262433/52, 268.538/09, 269506/10, 271308/15.

    (3) Esta persona aparece también como librado en las líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd., nº 267542/12, 265929/52, 262433/52, 268.538/09, 269506/10, 271308/15, 272461/25, 273751/13, 274789/61.

    1.2 Con fecha 21.12.01 concedió Vd. irregularmen la línea de descuento nº 267542/12, a nombre de ASDL Construcciones S.L. por importe de 126.500 E. Asimismo, en el periodo comprendido entre el 31.10.01 y el 3.6.02, ha realizado Vd. abonos de remesas en la cuenta a nombre de ADSL CONSTRUCCIONES, S.L., disponiéndose en efectivo la cantidad de 268.959 E, para su posterior ingreso en las cuentas de otras de las sociedades titulares de líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd.

    En concreto, las personas físicas o jurídicas libradoras de los efectos, así como los importes vendidos y los importes con riesgo en curso, son los siguientes:

    LIBRADO IMPORTE RIESGO EN FECHA DE OBSERVACIONES

    VENCIDO CURSO VENC.

    FLORCAT S.L. (1) 41.469

    LOPA EUROP SL (2) 39.065

    PALABRA GRAFI, SL 45.075

    Benjamín (3) 18.325

    Benjamín 6.100 23.5.02

    Benjamín 6.105 23.5.02

    Benjamín 6.120 23.5.02

    LOPA EUROP S.L. 21.600 27.502

    Pablo (4) 20.000 30.5.02

    Pablo 20.000 3.6.02

    VENIUSUM S.L. 20.000 17.6.02

    VENIUSUM S.L. 25.100 19.6.02 Este pagaré resultó impagado, encontrándose actualmente en situación de morosidad.

    Pablo 21.900 29.8.02 Este pagaré resultó impagado,encontrándose actualmente en situación de morosidad.

    Pablo 18.000 28.8.02

    (1) Esta sociedad aparece también como librado en las líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd. nº 265929/52, 268538/09.

    (2) Esta sociedad aparece también como librado en las líneas de desceunto concedidas irregularmente por Vd., nº 264561/83, 265929/52, 262433/52, 268538/09, 269506/10, 271308/15.

    (3) Esta sociedad aparece también como librado enlas líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd., nº 264561/83, 265929/52, 262433/52, 268538/09, 269506/10, 271308/15.

    (4) Esta pesona aparece también comolibrado en las líneas de descuento concedidas irregularmente por Vd. nº 268538/09, 272461/25.

    (5) Esta persona aparece también como librado en las líneas de descuento concedidas por Vd. nº 264561/83, 265929/52, 262433/52, 268538/09, 269506/10, 271308, 272461/25, 273751/13, 274789/61.

    1.3 Con fecha 26.12.01y 21.9.01, concedió Vd. irregularmen las líneas de descuento nº 265929/52 y nº 262433/52, respectivamente, a nombre de Sebep Gironina S.L., por importe de 100.000E y de 60.101 E, respectivamente, a pesar de que en dichas fecha, la mencionada presentaba 29 anoraciones el el RAI por un importe de 137.142 E, sin que Vd. solicitara justificación documental del pago de dichas incidencias.

    En el periodo comprendido entre el 31.10.01 y el 22.5.02, ha realizado Vd. abonos en la cuanta a nombre de SEBEP GIRONINA S.L. disponiéndose en efectivo por importe de 1.077.413 E, para su posterior ingreso en las cuentas de otras de las sociedades titulares de líneas de descuento concedidas irregularmen por Vd.

    En concreto, las personas físicas o jurídicas libradoras de los efectos, así como los importes vencidos y los importes con riesgo en curso son los siguientes:

    LIBRADO IMPORTE RIESGO EN FECHA DE OBSERVACIONES VENCIDO CURSO VENC.

    ASDL CONSTRUC. 31.252

    S.L (1)

    QUROTRUCK SL

    (2) 6.274

    FLORCAT SL (3) 140.215

    LOPA EUROP SL

    (4) 145.335

    PALOBRES GRUP SL 48.260

    EL NIU DE LA

    FLOR S.L. 2.935

    PERE JUNCA I

    CAMPS 6.959

    TRANSPORTES

    NEGRELL S.L. 1.411

    BULBIPLANT SL 93.757

    LOPAEUROP SL 13.340 5.6.02

    LOPA EUROP SL 18.200 12.6.02 Este pagaré resulto impagado al vencimiento...

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