STSJ Aragón , 7 de Mayo de 2001

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2001:1372
Número de Recurso554/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 554/2000 Sentencia número: 481/2001 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a siete de mayo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 554/2000 (Autos núm. 25/2000), interpuesto por la parte demandante María Angeles , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Huesca, de fecha cuatro de mayo de 2000, siendo demandada LOHER PUBLICIDAD, S.L., sobre Reclamación de Cantidad. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª María Angeles , contra Loher Publicidad, S.L., sobre Reclamación de Cantidad; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Huesca, de fecha cuatro de mayo de 2000, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

Que debo desestimar la demanda formulada por María Angeles contra Loher Publicidad, S.L.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- Que la actora María Angeles nacida e1 27-12-1996 y que reside en Huesca y ostenta DNI n°

NUM000 consta fue contratada por la empresa demandada Loher Publicidad S.L. en virtud de contrato de formación de 1-7-1997 como aprendiz administrativa.

  1. - Que consta que al comunicar la actora a la empresa demandada que había obtenido la titulación de diplomada en empresariales, la misma tras suscribir la actora finiquito de 31-12-1997 le hizo el contrato en prácticas unido a los autos de 8-1-1998 a tiempo completo con la retribución salarial que consta en las nóminas unidas a los autos y con categoría de oficial primera administrativo que tras sucesivas prórrogas se extendió hasta el 8-12-1999 en que finalizó por baja voluntaria de la demandante que el 10-12-1999 suscribió el pertinente finiquito habiendo realizado en cada contratación la demandante las tareas propias de la misma.

  2. - Que la actora reclama con el detalle y desglose que constando en la demanda se da por reproducido en aras a la brevedad el total de 422.165 pesetas por diferencias salariales de noviembre, diciembre, beneficios y extra de navidad de 1998 y meses de enero a noviembre de 1999.

  3. - Que a instancias de la demandante se celebró conciliación previa en fecha 16-12-1999 sin avenencia."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo de lo dispuesto en el art. 191 b) de la Ley de Procedimiento Laboral, solicita la recurrente la revisión del Hecho Segundo para hacer constar las fechas de las dos prórrogas del contrato en prácticas, lo que procede pues tiene el...

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