STSJ Andalucía , 8 de Enero de 2003

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
ECLIES:TSJAND:2003:154
Número de Recurso1339/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

A.A.S. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 43/03 ILMO. SR. D. LUIS LUIS HERNÁNDEZ RUIZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN ILMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a ocho de Enero de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 1339/02, interpuesto por DON Narciso contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. SEIS DE LOS DE GRANADA en fecha 18 de Febrero de 2002 en Autos núm. 495/01, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN L. SÁNCHEZ CARRIÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Narciso en reclamación sobre base reguladora contra INSS y TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 18 de Febrero de 2002, por la que se desestimó la demanda formulada por el actor contra la demandada.Segundo.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1º.- D. Narciso , mayor de edad nacido el 26 de diciembre de 1.945, con D.N.I. n0 NUM000 , afiliado a la Seguridad Social en el Rea por cuenta propia y en el Régimen General. El acto le fue reconocido un grado de Incapacidad Permanente y Total, en resolución de 11 de diciembre de 1.995, previo informe de la Comisión de Evaluación de Incapacidades de 28 de septiembre de 1.995, por enfermedad común, apreciando su estado clínico residual:Cerclaje del cordón medula a nivel lumbar bajo, con pequeño cordón dérmico hasta la zona del meningocela, dilación del saco dural distal y discopatia L3-L4 de predominio izquierdo. Con posibilidad de Revisión a partir de 1 de septiembre de 1.997. Iniciándose por el INSS el pago de la pensión vitalicia en 14 pagas en el 55% de su Base Reguladora de 65.614, pensión de 36.088 pesetas. 2º.- En 30 de Enero de 2.001 pide incremento del 20% de su Base Reguladora, concedida en 21 de diciembre de 1.995 y en cuantía de 42.671 pesetas. La solicitada le fue denegada por resolución de 5 de marzo de 2.001, por tener reconocida la pensión en el Reass por cuenta propia.Presenta Reclamación Previa en 30 de marzo de 2.001 alegando que en los periodos de 18- 10-91 y el 15-4-92 y entre 4-5-92, 28-8-92, estuvo de alta en el Régimen...

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