STSJ Andalucía , 16 de Diciembre de 2002
Ponente | FEDERICO LAZARO GUIL |
ECLI | ES:TSJAND:2002:17592 |
Número de Recurso | 1222/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN SEGUNDA RECURSO NÚM: 1222/1997 SENTENCIA NÚM. 1.959 DE 2.002 Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lazaro Guil D. Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a dieciséis de diciembre de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1222/1997 seguido a instancia de D. Juan , que comparece representado por el Letrado D. Francisco Martinez Reina, siendo parte demandada la TESORE-RÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por la Procuradora Dª Encarnación Ceres Hidalgo y dirigida por Letrado. La cuantía del recurso es 276.159 pesetas.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expedien-te administrativo, siendo remitido por la Administración demandada. SEGUNDO.- En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada. TERCERO.- En su escrito de contestación a la demanda, la Administra- ción demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que desestimando la demanda se confirmen íntegramente los actos de la TGSS, con condena en costas a la parte actora-. CUARTO.- Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta. QUINTO.- Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimar-se necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclu-siones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. SEXTO.- Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripcio-nes legales en la tramitación del recurso. Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Federico Lazaro Guil.
El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación de la resolución de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Almeria, de fecha 30 de enero de 1997, desestimatoria del recurso ordinario...
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