STSJ Andalucía , 7 de Febrero de 2000

PonenteJOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO
ECLIES:TSJAND:2000:1896
Número de Recurso1476/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 1.476/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 161 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Rafael Toledano Cantero D. Ernesto Eseverri Martínez

En la ciudad de Granada, a siete de febrero de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1.476/1996 seguido a instancia de D. Jose Ramón , que comparece representado por el Procurador D. Rafael García Valdecasas Ruiz y dirigido por Letrado, siendo parte demandada la DELEGACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la misma. La cuantía del recurso es 3.359.440.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador Sr. García Valdecasas Ruiz, en la representación acreditada, se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 22 de abril de 1996, contra la resolución desestimatoria del recurso interpuesto en los exptes. 516/89 y 182/92. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia en virtud de la cual se declare nula la resolución de fecha 28 de junio de 1993 por la cual se desestimó el recurso extraordinario de revisión interpuesto en su día por su mandante contra la comprobación de valor asignada al bien obrante en el documento núm. 516/89 de dicha Delegación y, estimando dicho recurso, declarar acto administrativo válido el dictado con fecha 20 de julio de 1994, que fijó en 5.700.000 pts. (cinco millones setecientas mil pesetas) el valor comprobado de dicho bien y, en todo caso, ordenando se libren las dos liquidaciones del impuesto de donaciones que están pendientes de satisfacerse, con base en dicho valor comprobado; y para que se ordene la suspensión del embargo trabado sobre los bienes de su mandante con base en aquel acto nulo, y, asimismo, la devolución a su poderdante del aval que prestó en su día, imponiendo las costas de este recurso a la Administración recurrida.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dicte en su día Sentencia por la que se desestime en su integridad el recurso contencioso-administrativo confirmando la Resolución dictada por la Consejería de Economía y Hacienda impugnada.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación . Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Santandreu Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Don Rafael García Valdecasas Ruiz, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Don Jose Ramón interpuso el 22 de abril de 1996 Recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución de 28 de junio de 1993 de la Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía que desestimó el recurso extraordinario de revisión...

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