STSJ Murcia 498/2004, 29 de Julio de 2004

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2004:2298
Número de Recurso1315/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución498/2004
Fecha de Resolución29 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 498/04

En Murcia a veintinueve de Julio de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso administrativo nº 1.315/01 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 611.166 ptas, y referido a: Procedimiento de apremio (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1991).

Parte demandante: Mariano representado por Dña Josefa Gallardo Amat y defendido por Don José Carlos Linares Navarro.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 23 de Febrero de 2001 que desestimaba la reclamación nº 51/224/98 planteada contra procedimiento de apremio por la desestimación del recurso de reposición impugnando la liquidación NUM000 , por Actas de Inspección e importe de 611.166 ptas.Pretensión deducida en la demanda: Se estime el presente recurso y se declare la nulidad del acuerdo a que se contrae, con los demás pronunciamientos legales pertinentes y condena en costas procedimentales a la Administración demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 27 de Julio de 2001 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 23 de Julio de 2004.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Lo que se impugna en este proceso es la resolución del TEARM de 23 de Febrero de 2001, que desestima la reclamación 224/98, planteada contra el acuerdo de 27 de mayo de 1998, por el que se desestimaba recurso de reposición interpuesto en su día contra la providencia de apremio correspondiente a la liquidación NUM000 sobre actas de...

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