STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2000:13258
Número de Recurso1210/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Sr. Pérez Martínez Prod. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 34.458 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 1210 de 1997 PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N° 1032 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

Laura Tarnames Prieto Castro D. José Tomé Paule En Madrid a seis de noviembre de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 1210 de 1997 interpuesto por el Procurador Sr. Pérez Martínez en representación de Kraft Jacobs Suchard Iberia ,S.A. contra acuerdo del Ayuntamiento de Madrid desestimatorio del recurso de alzada interpuesto en el expediente 113/96/3168, concepto paso de carruajes, sito en C/Antonio López n° 164 de Madrid; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut.

La cuantía del recurso es de 360.841 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 11 de julio de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y se declare la improcedencia del precio público, paso de carruajes de la calle Antonio López n°

164 por los ejercicios 1993 en adelante.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 14 de septiembre de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

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