STSJ Galicia , 7 de Marzo de 2001

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:1828
Número de Recurso8093/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03/0008093/1999 RECURRENTE: EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE LUGO ADMON. DEMANDADA: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 168/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ D&. MARGARITA PAZOS PITA A Coruña, siete de marzo de dos mil uno En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03/0008093/1999 pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por la EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE LUGO, representado por la procuradora doña MARIA ÁNGELES FERNÁNDEZ RODRIGUEZ y dirigido por el Letrado D/ña. FAUSTINO MARTINEZ FERNÁNDEZ, contra Resolución de 22 -10 -99 desestimatoria de recurso ordinario contra la reclamacion de la deuda nº 2799011363854, periodo abril de 1999, Régimen General, en concepto de descubierto, C. C. C. nº 27000318231.. Es parte la Administración demandada la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. La cuantía del asunto es indeterminada.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-admínistrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. No habiéndose recibido el asunto a prueba ni seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día nueve de enero pasado, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. La Diputación Provincial de Lugo impugna a través del presente recurso contencioso- administrativo resolución del Director Provincial de la TGSS en Lugo desestimatoria del recurso ordinario que formulara dicha Diputación contra reclamación de deuda num. 2799011363854, expedida el 14.9.99 y notificada el 4.10.99, referida a descubierto de cuotas del Régimen General, periodo de abril 1999.

    Conviene advertir que la emisión de tal acto recaudatorio se produjo con posterioridad a que la Diputación Provincial demandante dictase resolución, de fecha 30 de noviembre de 1998, por la que acordaba compensar el importe de los descubiertos que tenía con la Tesorería con la cantidad que el INSALUD adeudaba a la Diputación en concepto de precio público por la prestación de servicios en el Centro Residencial y Rehabilitador "san Rafael" de Lugo, y de que causara estado judicial la revisión de dicha resolución, pues la TGSS impugnara dicha resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo...

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