STSJ Galicia , 20 de Diciembre de 2002

PonenteMARIA DOLORES RIVERA FRADE
ECLIES:TSJGAL:2002:7754
Número de Recurso6577/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0006577/19980 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA 1513/02 Ilmos. Sres.

DON JOSE MARIA ARROJO MARTINEZ.- PTE. DON FERNANDO FERNANDEZ LEICEAGA DOÑA MARIA DOLORES RIVERA FRADE En la ciudad de A Coruña, a veinte de diciembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0006577/19980 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la entidad "CONSTRUCCIONES HAVELSE, SL.", representada por el Procurador Don Ignacio Pardo de Vera López y asistida por el Letrado Don Carlos Manuel Paz Costas, contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Santiago de Compostela de fecha 30 de julio de 1998, dictado en el expediente de Disciplina Urbanística, con referencia Urbanización "Alta Vista", en la que se acuerda ordenar la ejecución subsidiaria de las obras de urbanización pendientes de ejecución de la urbanización denominada "Altavista" por incumplimiento del obligado. Es parte demandada el AYUNTAMIENTO DE SATIAGO DE COMPOSTELA - incomparecido-; La cuantía del recurso es determinada, habiéndose fijado en la cantidad de 2.440.210 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 13 de diciembre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA DOLORES RIVERA FRADE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo el Acuerdo del Ayuntamiento de Santiago de Compostela de fecha 30 de julio de 1998, dictado en el expediente de Disciplina Urbanística, con referencia Urbanización "Alta Vista" en Montouto, en la que se acuerda ordenar la ejecución subsidiaria de las obras de urbanización pendientes de ejecución de la urbanización denominada "Altavista", cuyo promotor es la entidad "Havelse, SL.", por incumplimiento del obligado a ello.

En esta resolución se acuerda la ejecución subsidiaria de las obras de urbanización que en la indicada fecha, y según se dice en el acto administrativo objeto de recurso, restaban por ejecutar, afectando tales obras al alumbrado público, a la red de fecales, a repaso de aceras y bordillos y a la red de pluviales; basándose para ello la Administración demandada -y así lo hace constar en los antecedentes del acto administrativo impugnado- en que, en relación con la recepción definitiva de las obras de urbanización a que se refiere esta litis, se requirió en varias ocasiones a la entidad promotora para que subsanase determinadas deficiencias en la urbanización, según el proyecto de urbanización aprobado en su día, con apercibimiento de ejecución subsidiaria o forzosa en caso de incumplimiento, siendo el último de los requerimientos efectuados, el remitido el día 8 de julio anterior, concediéndole el plazo de quince días para verificar la subsanación de los incumplimientos que en la notificación se relacionaban.

En efecto obra incorporado al expediente administrativo el requerimiento dirigido a la empresa constructora "Havelse, SL." el día 9 de julio de 1998. No obstante no se ha incorporado el informe del servicio de infraestructuras (PAM) sobre las actuaciones pendientes de ejecutar en la urbanización, según el proyecto de urbanización en su día aprobado, al que se hace referencia en el documento de...

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