STSJ Cantabria , 21 de Diciembre de 2000
Ponente | CESAR TOLOSA TRIVIÑO |
ECLI | ES:TSJCANT:2000:2282 |
Número de Recurso | 396/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente:
Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados:
Doña Maria Teresa Marijuan Arias Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 21 de Diciembre del 2000. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 396/00, interpuesto por DON Luis Miguel , representado por el Procurador Don José Miguel Ruíz Canales y defendido por el Letrado Don Ramón Cobo Rivas, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 216.222 pesetas. Es ponente el Iltmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso ante esta Sala el día 10 de Mayo de 2000, contra la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, con fecha 25 de Febrero de 2000, Reclamación nº NUM000 Ref. A/M, por la que se desestima la reclamación efectuada por el recurrente contra la liquidación provisional practicada por la Administración de Laredo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cantabria, por el I.R.P.F. del ejercicio 1.995.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.
No solicitado el recibimiento del proceso a prueba, se señala fecha para la votación y fallo que tuvo lugar el día 20 de Diciembre del 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.
Se impugna a través del presente recurso la resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, con fecha 25 de Febrero de 2000, Reclamación nº
NUM000 Ref. A/M, por la que se desestima la reclamación efectuada por el recurrente contra la liquidación provisional practicada por la Administración de Laredo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Cantabria, por el I.R.P.F. del ejercicio 1.995.
Como afirmó esta Sala en su sentencia de 22 de noviembre de 2000, en un asunto similar al presente:
"SEGUNDO: La controversia planteada en el presente recurso gira en torno a la naturaleza jurídica que debe otorgarse a la expresión "contribución a las cargas del matrimonio", la cual figura en el convenio regulador de la separación entre el recurrente y su esposa, en el que expresamente se fijaba una suma de treinta y siete mil pesetas por dicho concepto sin...
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