STSJ Extremadura , 19 de Diciembre de 2002

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2002:2861
Número de Recurso796/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, han dictado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 2.173 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA Cáceres a diecinueve de Diciembre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso administrativo nº 796 de 1.999, promovido por el Letrado de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de la recurrente la JUNTA DE EXTREMADURA, siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como parte codemandada DON Blas , representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Ana María Carretero Aspachs recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura de fecha 24 de febrero de 1.999, por la que se acuerda estimar la Reclamación nº 6/1347/97, sobre impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentos, promovida por Don Blas . Cuantía 1.700.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora; y dado traslado de la demanda y contestación a la parte codemandada evacuó el trámite conferido interesando se dictara una sentencia desestimatoria con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite la Iltma. Sra. Magistrada Dª FATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso, interpuesto por la Junta de Extremadura, contra la Resolución de fecha 24 de febrero de 1.999 dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura en resolución de la reclamación económico administrativa formulada por el...

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