STSJ Murcia , 24 de Noviembre de 2000

PonenteLUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU
ECLIES:TSJMU:2000:3417
Número de Recurso161/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

6 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº: 161/1998 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Iltmos. Sres.:

D. JOSE ABELLAN MURCIA Presidente Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU Magistrados Ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA NÚM. 881/2000 En Murcia, a veinticuatro de noviembre de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 161/1998, tramitado por las normas de Procedimiento en materia de Personal, en cuantía indeterminada y referido a:

Parte demandante:

DOÑA Lorenza representada y dirigida por sí misma.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada y dirigida por el Abogado del Estado.

Parte codemandada:

DOÑA Inés representada y dirigida por sí misma.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la Directora General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura de 18 de noviembre de 1997.

Pretensión deducida en la demanda:

Sentencia estimatoria de la demanda, declarando:

1) La nulidad del acto de adjudicación de fecha 21 de noviembre de 1996 en lo referente a la adjudicación de la vacante de Música en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, y todos posteriores, ya que Doña Inés no debería figurar en las listas de interinos de la especialidad de Música al no reunir los requisitos necesarios conforme a la base 13 de la O.M. de 28 de febrero de 1996.

2) Que con base en lo expuesto, se reconozca el derecho de la recurrente a ocupar la citada plaza desde el 21 de octubre de 1996, con reconocimiento de todos los derechos económicos y administrativos desde el momento del reconocimiento del derecho que se solicita.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 22 de enero de 1998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se desestime el recurso con imposición de costas.

La parte codemandada se ha opuesto pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

La votación y fallo se efectuó el día 16 de noviembre de 2000.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por tener interés para la exacta concreción de las cuestiones litigiosas a dilucidar, interesa destacar que:

  1. La Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Cultura en Murcia convocó, en escrito fechado el 17 de octubre de 1996, a los aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad de la provincia de Murcia de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional al acto de adjudicación de plazas de varias especialidades que había de efectuarse el 21 siguiente.

  2. La citada Dirección Provincial hizo públicas, con fecha 21 de octubre de 1996, las adjudicaciones definitivas de plazas de profesores interinos de Enseñanzas Medias para el Curso 1996/1997, y concretamente en la especialidad de <>, a impartir en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, la cual se adjudicó a Doña Inés .

  3. Con fecha 23 de octubre de 1996 Doña Lorenza , aquí recurrente, presentó escrito dirigido al Director Provincial del MEC solicitando la anulación de la adjudicación efectuada el 21 de octubre de 1996, en lo concerniente a la asignatura de Música, a Doña Inés .

  4. Con fecha 24 de enero de 1997 (registro de 28 de enero de 1997), la señora Lorenza en escrito dirigido a la Directora General de Personal y Servicios solicitó la emisión de certificación de acto presunto, al no haber recaído resolución expresa en cuanto al recurso ordinario interpuesto.

  5. Por resolución del Director Provincial del MEC de 29 de enero de 1997 (Registro de Salida de fecha 6 de febrero de 1997) se desestimó la solicitud formulada por Doña Lorenza , pues se consideró que Doña Inés <>.

  6. La señora Lorenza presentó escrito de 10 de marzo de...

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