STSJ Galicia , 19 de Diciembre de 2002
Ponente | JOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:7688 |
Número de Recurso | 6307/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 630798 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA N° 1496 Ilmos. Sres.
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.- PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a diecinueve de diciembre de dos mil dos En el proceso contencioso administrativo que con el número 6307/98 resolución de esta Sala, interpuesto por D. Alejandro representado y dirigido por D. ANTONIO ULLOA ALLONES, contra Resolución del Ayuntamiento de 13-5-98 del Ayuntamiento de A Coruña sobre obras de reparación de la fachada de la casa N° 12 de la Travesía de la Gaiteira. Es parte como demandada AYUNTAMIENTO DE A CORUÑA representada por y dirigida por D. Ramón Varela Lafuente. La cuantía del recurso es indeterminada.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio del escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 12 de diciembre de 2002 CUARTO: En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 13-5-98 del Ayuntamiento de A Coruña sobre obras de reparación de la fachada de la casa N° 12 de la Travesía de la Gaiteira.
La pretensión de que se declare la nulidad de la resolución recurrida se funda por el actor en que fue dictada por quien no tenía competencia para ello y en que es contraria, según se desprende el artículo 23 del Reglamento de Disciplina Urbanística, a la posible declaración de ruina del inmueble al que se refiere.
La afirmación de la falta de competencia del Concejal que dictó la resolución impugnada parte, una vez aportada en la pieza separada de medidas cautelares la providencia de 2-2-96 por la que el Alcalde delegó en el Concejal de Interior sus atribuciones en materia de ruinas, de una interpretación restrictiva de lo dispuesto en los artículos 23.4 de la Ley 7/85 y 61.3 de la Ley autonómica 5/97, en concreto de las expresiones "cometidos específicos" y "encargos específicos" que emplean dichos preceptos.
Sostiene el recurrente que la materia de ruinas es genérica,...
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Límites externos al ejercicio del Derecho de Huelga y las Huelgas 'ILÍCITAS'.
...de enero, F.J. 2. Asimismo, STC 27/1989, 3 de febrero, F.J. 4 y 5, y sentencias allí citadas. Véase, además, STSJ Galicia (Contencioso-Administrativo), 19 de diciembre de 2002 (RJCA 333), F.J. 3, que compendia las sentencias del TC y TS que, a partir de la década de los noventa, inician una......