STSJ Galicia , 26 de Septiembre de 2002

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TSJGAL:2002:5668
Número de Recurso6969/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0006969/1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1087/2.002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARIA ARROJO MARTÍNEZ.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DON JUAN CARLOS TRILLO ALONSO En la ciudad de A Coruña, a veintiséis de septiembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0006969/1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por GRANJAS MARINAS LA PALMA S.L., representada por D. VICENTE ESTEVEZ DOAMO y dirigida por D. MIGUEL ESTEVEZ DOAMO, contra la resolución de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, de 25 de septiembre de 1998, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra otra de la Dirección General de Recursos Marítimos, de 19 de febrero anterior, por la que se impuso a la sociedad recurrente una sanción de multa por importe de 700.000 pts., como autora responsable de una infracción tipificada como grave en el artículo 6, apartado 12 de la Ley 6/91, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos. Es parte como demandada CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA representada y dirigida por el Sr. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 700.000 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día diecinueve de septiembre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO , Magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del T. S. J. G., adscrito a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo a tenor del apartado 4º

del artículo 330 de la L.O.P.J.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso la resolución de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, de 25 de septiembre de 1998, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra otra de la Dirección General de...

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