STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Enero de 2004

PonenteLuis Manglano Sada
ECLIES:TSJCV:2004:172
Número de Recurso122/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JOSÉ BELLMONT MORAD. LUIS MANGLANO SADAD. FERNANDO NIETO MARTÍN

Rº 122/00

SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Tercera

Iltmos. Srs.:

Presidente:D. JOSÉ BELLMONT MORA.

Magistrados:

D. LUIS MANGLANO SADA.

D. FERNANDO NIETO MARTÍN.

En la Ciudad de Valencia, a 21 de enero de dos mil cuatro.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso-administrativo nº 122/00, interpuesto por la Procuradora Dª. María Antonia Ferrer García-España, en nombre y representación de la MUTUA GENERAL DE SEGUROS y de D. Jose Miguel , contra el Ayuntamiento de Xátiva, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por la Procuradora Dª. Encarnación Díaz Palacios.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que solicitó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmara la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo para el día 20 de enero de dos mil cuatro, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS: Los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por la MUTUA GENERAL DE SEGUROS y por D. Jose Miguel contra el acuerdo de 2 de agosto de 1999 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Xátiva, que desestimó la reclamación patrimonial realizada por los daños sufridos (expediente 215/99).

SEGUNDO

Del expediente administrativo y de la prueba documental (actas de presencia notarial, facturas, informes y demás documentos), de confesión de parte (de los dos recurrentes), testifical (de D. Donato , Dª. Esther , D. Sebastián y D. Adolfo ) y pericial (arquitectónica de D. Isidro y de la Jefa del Departamento de Restauración del IVAM Dª. Daniela ) practicada en este proceso se desprenden los siguientes hechos: El día 7 de abril de 1999 se produjo la rotura de la tubería general de conducción de agua potable, a la altura del nº 7 de la Plaza de la l´Almassera de Xátiva, fluyendo el agua de forma abundante durante dos días y provocando la inundación de diversos inmuebles, en particular el sótano del edificio sito en el nº 2 de dicha plaza, afectando el agua y la humedad producida por ésta a 164 cuadros del estudio del pintor D. Jose Miguel , en sus diversos soportes de papel, tela y tabla de madera, con los consiguientes daños mecánicos y físico-químicos en dicha obra pictórica, algunos irreversibles.

Como consecuencia de dichos daños, el actor Sr. Jose Miguel fue indemnizado el 24-9-1999 en 733.335 ptas. por la compañía MUTUA GENERAL DE SEGUROS, en ejecución de la póliza nº NUM000 , procediendo ambos a reclamar el 13-4-1999 al Ayuntamiento el importe citado (por la aseguradora) y la cantidad de 48.782,74 euros por el Sr. Jose Miguel , por entender que los daños y perjuicios sufridos son directa consecuencia del deficiente funcionamiento de un servicio público municipal, debiendo afrontar la Administración demandada la indemnización correspondiente a los daños sufridos en la obra...

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