STSJ Comunidad de Madrid 1857/2001, 21 de Noviembre de 2001
Ponente | Dª. MARIA JESUS VEGAS TORRES |
ECLI | ES:TSJM:2001:15155 |
Número de Recurso | 1230/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1857/2001 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. MARIA FATIMA ARANA AZPITARTED. FERNANDO DE MATEO MENENDEZD. JOSE DANIEL SANZ HEREDERODª. MARIA JESUS VEGAS TORRES
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Recurso núm 1.230/97.
SENTENCIA NUM. 1.857
Ilmos. Sres.
Presidente:
Don Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Doña Clara Martínez de Careaga y García
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Fernando de Mateo Menéndez
Don José Daniel Sanz Heredero
Doña María Jesús Vegas Torres
En la Villa de Madrid, 21 de noviembre de 2001.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.230/97, interpuesto por el procurador sr. Villasante García en nombre y representación de D. Carlos, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 14 de febrero de 1996 por la que se desestima la Reclamación Económico Administrativa n° 5754/93 entablada contra la Providencia de Apremio de 4 de octubre de 1994 dictada por el Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Madrid, sobre certificación de descubierto de liquidación n° K1610194021638499 por sanción de tráfico por importe de 24.000 pesetas. Ha sido parte demandada EL TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID, representado y defendido por el Abogado del Estado.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones impugnadas.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 19 de noviembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 14 de febrero de 1996 por la que se desestima la Reclamación Económico Administrativa n°5754/93 entablada contra la Providencia de Apremio de 4 de octubre de 1994 dictada por el Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Madrid, sobre certificación de descubierto de liquidación n° K1610194021638499 por sanción de tráfico por importe de 24.000 pesetas.
Son hechos relevantess para el enjuiciamiento de la cuestión debatida en el presente procedimiento, los siguientes:
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- En fecha 4 de octubre de 1994 se dictó providencia de apremio en relación al expediente relativo a multa de tráfico núm. 09-040-066-981-4.
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- En relación a la notificación de la liquidación de la deuda ( multa de circulación) en periodo voluntario, consta remitida en dos ocasiones por correo al domicilio del actor y la primera de ellas devuelta con la leyenda de "ausente" el 21 de marzo de 1994, y con la de "rehusado por orden del destinatario",...
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