STSJ Aragón , 7 de Junio de 2004

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2004:1561
Número de Recurso72/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO N° 72/02-D SENTENCIA N° 470 DE 2004 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ MAGISTRADOS:

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE Dª ROSA Mª BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT En Zaragoza, a siete de junio de dos mil cuatro.

En nombre de SM. el Rey. VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el presente recurso número 72/02-D, seguido entre partes, de la una como demandante la compañía "HORMIGONES Y CONSTRUCCIONES DE ARAGÓN, SL.", representada por el Procurador D. Alberto Broceño Esponey y dirigida por el Letrado D. Diego A. Gracia Pola, y de la otra como demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y dirigida por el Letrado de la Comunidad Autónoma, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación de la Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 22 de noviembre de 2001, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la del mismo órgano de 25 de octubre de 2001, por la que se impone a la empresa "Hormigones y Construcciones de Aragón, SL." una sanción de multa en cuantía de 5.000.100 pesetas, como responsable de una infracción administrativa prevista en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto , por el que se aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Broceño Esponey, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso- administrativo contra la resolución indicada en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 23 de enero de 2.002.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anulen las órdenes impugnadas.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se propuso la testifical, practicándose con el resultado que obra en autos, y una vez terminado el periodo de prueba, se formularon conclusiones escritas, fijándose para votación y fallo el día 24 de mayo del presente año.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de 22 de noviembre de 2001, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la del mismo órgano de 25 de octubre de 2001, por la que se impone a la empresa "Hormigones y Construcciones de Aragón, SL." una sanción de multa en cuantía de 5.000.100 pesetas, como responsable de una infracción administrativa prevista en el artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto , por el que se aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

SEGUNDO

Con fecha 30 de abril de 2001 la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Zaragoza extendió el acta de infracción n° SH 495/01, en la que, entre otras cosas, se expresa:

-Girada vista de inspección a las 12 horas del día 20 de abril de 2001 (viernes) a la obra sita en Zaragoza, Parque de Goya,...

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