STSJ Comunidad de Madrid , 29 de Abril de 2002
Ponente | JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO |
ECLI | ES:TSJM:2002:5700 |
Número de Recurso | 1540/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. Sr. Carrasco Fernández Ayuntamiento de Madrid TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1540 de 1998 PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N° 442 Presidente Ilmo.. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintinueve de abril de dos mil dos. Visto por la Sala del margen el recurso n°
1540 de 1998 interpuesto por el Letrado Sr. Carrasco Fernández en representación de Nurca, S.A. contra resolución del Ayuntamiento de Madrid de 31 de marzo de 1998 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acto de disconformidad n° 8570/97, por la que se regula la situación tributaria del recurrente por el Impuesto de Actividades Económicas desarrolladas en el Salón de la cl Bravo Murillo n° 33 de Madrid; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut. La cuantía del recurso es de 4.150.373 pesetas.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 22 de junio de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 28 de febrero de 2002 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano .
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
El presente proceso trae causa del acta de disconformidad extendida por los servicios de Inspección del Ayuntamiento demandado para regularizar la situación tributaria de la sociedad recurrente por entender que si bien esta de alta en el epígrafe 969.6 "Salones Recreativos y de Juego", no lo estaba en el 969.4 respecto de las máquinas instaladas en el mismo salón, en lo que se refiere a la cuota municipal, proponiendo la siguiente liquidación: cuota 2.689.740 pesetas, recargo provincial 543.780 intereses...
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