STSJ Aragón , 6 de Julio de 2000

PonenteMARIA DEL MAR GARCIA MATUTE
ECLIES:TSJAR:2000:1817
Número de Recurso725/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA, de refuerzo- RECURSO Nº 725/96-B SENTENCIA Nº504 DE 2000 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES D. FERNANDO ZUBIRI DE SALINAS MAGISTRADOS D. EDUARDO NAVARRO PEÑA Dª. NATIVIDAD RAPÚN GIMENO D. LUIS ALBERTO GIL NOGUERAS Dª Mª MAR GARCIA MATUTE:

Zaragoza, seis de julio de dos mil. Que dicta esta Sala en el referido recurso interpuesto por D. Jose Francisco , representado por el Procurador D. Víctor Viñuales Nuez, bajo la dirección del Letrado D. Ángel Ramos Montesa, como demandado el AYUNTAMIENTO DE CUBEL (ZARAGOZA), en rebeldía.

Es objeto de este recurso el acuerdo de 25 de agosto de 1995, del Ayuntamiento de Cubel que desestima la solicitud de limpieza y acondicionamiento de acequia ubicada entre las propiedades del recurrente v de linos. Federico y acuerdo de 6 de febrero de 1996, que desestima el recurso de reposición contra la resolución anterior.

Cuantía: Indeterminada.

Ponente: Dª Mª MAR GARCIA MATUTE.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - La actora interpuso ante esta Sala recurso contra la resolución contra la resolución citada.

    Admitido a trámite formalizó la demanda por la que interesó la nulidad de aquellas resoluciones.

  2. - La administración demandada no se personó en los autos, declarándose en rebeldía.

  3. -Recibido el juicio a prueba fue practicada la documental propuesta por la actora.

  4. - En conclusiones la parte actora insistió en sus alegaciones y peticiones, quedando los autos pendientes del correspondiente señalamiento.

  5. - Por Acuerdo de la Presidencia de la Sala, se constituyó la Sección Tercera de refuerzo en fecha 1 de marzo, atribuyéndose a dicha Sección el conocimiento, entre otros, del presente recurso, decretándose por providencia efectuar la designación de ponente v el señalamiento para deliberación y Fallo el día 26-6-2000.

    1. -

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Constituye el objeto de este recurso determinar si es conforme al Ordenamiento Jurídico el acuerdo de 6 de febrero de 1996, del Ayuntamiento de Cubel, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de 25 de agosto de 1995, que desestima la solicitud de limpieza v acondicionamiento de acequia ubicada entre las propiedades del recurrente y de Hnos. Federico , por ser de propiedad privada. Dicha solicitud la fundamenta el recurrente en que la citada acequia es un bien municipal y por ello corresponde su...

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