STSJ Murcia , 4 de Octubre de 2002

PonenteLUIS FEDERICO ALCAZAR VIEYRA DE ABREU
ECLIES:TSJMU:2002:2415
Número de Recurso1714/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº: 1714/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA SENTENCIA NÚM. 460/2002 Iltmos. Sres.:

D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA Presidente Dª MARIA ESPERANZA SANCHEZ DE LA VEGA D. LUIS FEDERICO ALCÁZAR VIEYRA DE ABREU En Murcia, a cuatro de octubre de dos mil dos. Los Iltmos. Sres. Magistrados anotados al margen han visto el presente recurso contencioso administrativo que con el nº 1714/2001 pende de resolución, tramitado por las normas de procedimiento ordinario en cuantía determinada, por importe de 25.000.000 de pesetas, interpuesto por la mercantil ACTIVIDADES DE CONSTRUCCION Y CONSERVACIÓN GH, S.A., representada por la Procuradora Doña María Belda González y defendida por la Letrada Doña Laura Salvador Alcaraz, y en el que ha sido parte demandada la ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGION DE MURCIA, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de 16 de julio de 2001, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la de 13 de octubre de 2000.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 24 de octubre de 2001, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la siguiente pretensión: Sentencia por la que:

  1. Se estime el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Orden de fecha dieciséis de julio de dos mil uno, por la que se desestima el recurso de reposición, y por la que se declara como una retirada injustificada de su oferta económica a las obras de "Mejora firme Mu-702. Tramo Archivel a Campo de San Juan. PK 5.800 A 13.300", la contestación realizada por Actividades de Construcción y Conservación GH, S.A. a la solicitud de justificación de la misma.

  2. Se anule dicha Orden, y, en su caso, se tenga por efectuada válidamente la renuncia a la adjudicación de dicha obra, acordando la devolución de la fianza provisional prestada por la recurrente.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto, pidiendo se desestime el recurso por ser conforme a Derecho la resolución impugnada.

TERCERO

La votación y fallo se efectuó el día 23 de septiembre de 2002.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FEDERICO ALCÁZAR VIEYRA DE ABREU quien expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente, <>, impugna la orden del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia de 16 de julio de 2001, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la de 13 de octubre de 2000 por la que se declara que la contestación dada por la citada mercantil a la solicitud de información sobre su oferta económica formulada por el Servicio de Contratación con fecha 18 de septiembre de 2000 constituye una retirada injustificada de la misma antes del vencimiento del plazo indicado en el artículo 83 del R.D.L 2/2000 .

Por tener relevante interés en relación a la cuestión discutida, resulta conveniente hacer referencia a los antecedentes fácticos de la referida orden de 13 de octubre de 2000.

1) La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio insertó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 5 de agosto de 2000 anuncio de licitación de obras, cuyo objeto era la <>, a adjudicar mediante subasta abierta, y cuyo presupuesto base de licitación era de 74.505.733 pesetas (447.788, 47 Euros).

2) El 7 de septiembre de 2000 tuvo lugar la apertura de las ofertas económicas pertenecientes a once licitadores admitidos a subasta, de las que resultó una oferta media de 67.683.206 pesetas y un porcentaje medio de baja 9,1570%.

3) La Dirección General de Carreteras elevó al órgano de contratación <> de fecha 11 de septiembre de 2000 cuyo texto es el siguiente:

<

se encuentra incursa en presunción de temeridad al ser la baja media de las ofertas presentadas de 9,15705%, lo que fija el umbral de baja temeraria en 19,15705% a tenor de lo dispuesto en el art. 109 del Reglamento General de Contratación del Estado .>>.

4) Con fecha 18 de septiembre de 2000 el Jefe del Servicio de Contratación dirigió un oficio a <> (folio 13 del expediente) que literalmente dice:

<>.

5) La ahora recurrente, en escrito fechado el 20 de septiembre de 2000 (folio 14), con registro de entrada de 22 de septiembre de 2000, contestó lo siguiente:

<>.

6) Con fecha 21 de septiembre de 2000, el Secretario General acordó iniciar de oficio procedimiento administrativo para declarar la citada contestación dada por <> como una retirada injustificada de su...

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