STSJ Comunidad de Madrid 481/2004, 2 de Abril de 2004

PonenteDª. MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-G...
ECLIES:TSJM:2004:4438
Número de Recurso120/2002
Número de Resolución481/2004
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JESUS CUDERO BLASDª. MARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCODª. CRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINADª. MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANODª. EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASD. FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00481/2004

Recurso Núm. 120/02

Ponente: Sra. Guilló

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

Ilmos. Sres.

Presidente:

SENTENCIA Núm.481

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

______________________________________

En la Villa de Madrid, a dos de abril de dos mil cuatro.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 120/02 promovido por doña Paloma contra las Resoluciones dictadas en fechas 10 de enero de 2001 y 16 de noviembre de ese mismo año por la Subsecretaria del Ministerio de Fomento, que desestimaron su petición por la que interesaba se le reconociera, a efectos de trienios, el tiempo que prestó servicios como personal laboral en el Ministerio de Obras Publicas, Transporte y Medio Ambiente; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se deje sin efecto la Resolución recurrida, declarando el derecho de la recurrente a que se le reconozcan a efectos del cómputo de trienios el periodo comprendido entre el 14 de octubre de 1995 a 22 de septiembre de 1998 en que trabajó en el Ministerio de Obras Publicas, Transporte y Medio Ambiente con contrato laboral.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 24 de marzo de 2004, teniendo así lugar.

Siendo ponente, la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano , que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Son antecedentes de interés en este proceso, a la vista de los datos que obran en autos y en el expediente a los mismos incorporado, los siguientes:

La actora es funcionaria de carrera del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, con destino en la Subdirección General de Tecnologías y Sistemas de Información del Ministerio de Fomento, donde ingreso en fecha 30 de septiembre de 1970.

Desde el año 1970 hasta el 13 de octubre de 1995, trabajaba como funcionaria de la Administración del Estado en jornada de mañana y por la tarde como contratada laboral con autorización de compatibilidad en el Consejo Superior de Cámaras de la Propiedad Urbana. Al suprimirse las Cámaras de la Propiedad Urbana por efecto del Real Decreto Ley 8/94 de 5 de agosto, se produjo la incorporación de su personal al entonces Ministerio de Obras Publicas, Transporte y Medio Ambiente, viéndose la actora en la necesidad de optar por uno de los dos puestos de trabajo por la incompatibilidad de ambos.

3)La actora causa, en fecha 13 de octubre de 1995, excedencia voluntaria conforme al art. 29.3 a) de la Ley 30/84, pasando a prestar servicios en el Ministerio de Obras Publicas, Transporte Medio Ambiente hasta el 23 de septiembre de 1998 en que reingresa en la Administración del Estado como funcionaria del Ministerio de Fomento.

4) Por escrito de 5 de enero de 2001 presentó solicitud ante el Ministerio de Fomento para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Cataluña 901/2008, 14 de Noviembre de 2008
    • España
    • 14 Noviembre 2008
    ...jurídica individualizada los derechos económicos correspondientes a dicho periodo. Invoca en favor de su pretensión la Sentencia del TSJ de Madrid, 481/2004, 2 de abril (JUR 2004\ 272453 ), la Sentencia del del TSJ de Castilla y León, con sede el Valladolid, núm. 415/2003, de 31 de mazo, (J......
  • STSJ Cataluña , 16 de Junio de 2005
    • España
    • 16 Junio 2005
    ...encontraba excedente. En este sentido, deben citarse las sentencias del TSJ de Madrid de 10 de febrero de 2000, 19 de julio de 2002 y 2 de abril de 2004 , entre otras, que recogen el criterio interpretativo expuesto, que este Tribunal entiende de plena aplicación al caso de De todo ello res......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR