STSJ La Rioja , 27 de Julio de 2000

PonenteLUIS ANTONIO LOMA-OSORIO FAURIE
ECLIES:TSJLR:2000:772
Número de Recurso265/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

Sent nº 282-2000 Rec. 265/2000 Ilmo. Sr. D. Ignacio Espinosa Casares.

Presidente.

Ilmo. Sr. D. Luis Loma Osorio Faurie.

Ilma. Sra. Dª Carmen Ortiz Lallana.

En Logroño, a veintisiete de julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n°- 265/2000, interpuesto por D. Carlos Jesús contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° uno de La Rioja de fecha 17 de abril de 2000 y siendo recurrida Delphi Componentes S.A., ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Luis Loma Osorio Faurie.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por D. Carlos Jesús - se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social de La Rioja, contra Delphi Componentes S.A., en reclamación de Reconocimiento de Derecho.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 17 de abril de 2000 recayó sentencia cuyos hechos declarados probados y Fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

El actor D. Carlos Jesús ostenta la condición de miembro del comité de empresa de Delphi Componentes S.A., habiendo sido elegido en las elecciones celebradas en octubre de 1.998. Las reuniones del comité tiene lugar los viernes por la mañana.

SEGUNDO

El actor presta sus servicios en turno de noche de do- mingo a jueves de 10 de la noche a 6 de la mañana.

TERCERO

Los viernes por la mañana se celebra la reunión del Comité (folio 30) de 6 a 14 horas (turno de mañana).

CUARTO

La empresa demandada reconoce la compensación de jornada de trabajo a la realización de la actividad sindical pero siempre en la jornada de trabajo anterior a la realización de la actividad sindical.

QUINTO

Celebrado el Acto de Conciliación ante el Tribunal Laboral de La Rioja el resultado fue sin acuerdo.

FALLO

Que desestimando la demanda planteada por D. Carlos Jesús contra DELPHI COMPONENTES S.A. debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos aducidos en su contra en este procedimiento."

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario. Elevados los autosi a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente para su examen y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el único motivo de suplicación que plantea la representación letrada del actor contra la Sentencia n°- 299 del Juzgado de lo Social número Uno de La Rioja, de fecha 17 de abril de 2000 , que desestimó su demanda, se denuncia, por el adecuado cauce procesal del apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , "la indebida aplicación del art. 68. e) del Estatuto de los Trabajadores , regulador del crédito horario.

El crédito horario es configurado por el artículo 68. e) del Estatuto de los Trabajadores a modo de garantía o prerrogativa de los miembros del comité de empresa y delegados de personal, con la finalidad de facilitar les el ejercicio de su función representativa - en coherencia con lo establecido en el artículo 2 del Convenio n°- 135 de la O.I.T .-, disponiendo que -- "Los miembros del comité de empresa y los delegados de personal, como representantes legales de los trabajadores, tendrán, a salvo de lo que se disponga en los convenios colectivos, las siguientes garantías: .. e) Disponer de un crédito de horas mensuales retribuidas cada uno de los miembros del comité o delegado de personal en cada centro de trabajo, para el ejercicio de sus funciones de representación, de acuerdo con la siguiente escala: ..".

Como recuerda la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Comunidad Valenciana de 10 de septiembre de 1996 , oportunamente citada - por la Magistrada "a quo" "... La coincidencia o no del ejercicio de...

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