STSJ Canarias , 24 de Julio de 2001

PonenteANA TERESA AFONSO BARRERA
ECLIES:TSJICAN:2001:2983
Número de Recurso1773/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Julio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NUM. 733 Recurso n° 1773/98 Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE:

D. Antonio Giralda Brito MAGISTRADOS:

D. Ángel Acevedo y Campos Dª Ana Teresa Afonso Barrera En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio 2001 VISTO en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta capital, integrada por los Magistrados antes reseñados, el recurso n° 1773/98 interpuesto a nombre del demandante Fidel Y CLAUDIO ALFONSO E HIJOS, S.A., representado y dirigido por el Letrado D. Ricardo Antonio Alfonso Herrera y como Administración demandada, el Ayuntamiento de Arona, representado por el Procurador D. José Munguia Santana y dirigido por el Letrado D. Ivan Yumar García, versando sobre Tasa de Recogida de Basura, de cuantía indeterminada, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Ana Teresa Afonso Barrera se ha dictado la presente con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurrente con fecha 26 de marzo de 1997 solicitó la anulación de recibos y devolución del cuarto trimestre del año 1996 de la Tasa de Recogida de Basuras por una vivienda sita en Las Galletas, alegando que no debe figurar en el Padrón de Tasa de Recogida de Basura porque se encuentra alejada del núcleo urbano.

Por Resolución de 7 de agosto de 1998 de la Alcaldía- Presidencia del Ayuntamiento de Arona fue desestimada la reclamación presentada interponiéndose el presente recurso contencioso- administrativo contra la misma.

SEGUNDO

Por la representación del actor se interpuso recurso contencioso- administrativo, formalizando demanda con la suplica de que se dicte sentencia por la que se declare no ajustado a derecho y por tanto anule el acto objeto de esta impugnación, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dicha declaración, así como al pago de las costas.

TERCERO

Por la Administración demandada se contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimando íntegramente las pretensiones de la demanda con especial imposición de costas al demandante.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurrente, propietario de una finca donde se encuentra situada una vivienda particular, causo alta en el Padrón de Recogida de...

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