STSJ Castilla y León , 29 de Julio de 2003

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2003:3622
Número de Recurso1842/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO.

SEDE EN VALLADOLID Recurso núm 1842/99 SENTENCIA n° 929 ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DOÑA MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA DON JAVIER ORAA GONZALEZ DON RAMON SASTRE LEGIDO En Valladolid, a veintinueve de julio de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla y León de 26 de abril de 1999 que declaró inadmisible por extemporánea la reclamación económico- administrativa n° 34/358/97 interpuesta contra los Acuerdos que en la misma se indican de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Administración Estatal de Administración Tributaria de Palencia, dictados en los expedientes núms. E97002222.3, E97002221.4, E97002220.5, E97002219.6, E97002218.7, E97003763.2, que desestimaron por extemporáneas las solicitudes de la recurrente sobre rectificación de datos censales a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Son partes en dicho recurso: como recurrente DAURO SA.. representada por la Procuradora Dª Ana Isabel Escudero Esteban, bajo la dirección del Letrado D. Javier Mora Cospedal Como demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando el recurso contencioso- administrativo por esta parte interpuesto contra la resolución del TEAR. de Castilla y León de 26 de abril de 1999 por el que se declara la extemporaneidad de la acumulación de los seis expedientes correspondientes al impuesto de actividades económicas de Dauro SA., ejercicios 1992 a 1997, en materia de rectificación de datos censales y se declare nula la misma por contraria a Ley, entrándose a resolver sobre la rectificación de los datos censales tal como se tiene solicitado en el expediente, en concreto en los escritos de 28 de febrero de 1997 y todo ello con imposición de costas a la Administración demandada, si se opusiere.

SEGU...

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