STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Septiembre de 2002
Ponente | JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA |
ECLI | ES:TSJCV:2002:9238 |
Número de Recurso | 697/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R. 697/99 SENTENCIA Nº 1272 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :
Presidente :
JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados :
JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
D. CARLOS ALTARRIBA CANO.
En la Ciudad de Valencia, a treinta de septiembre de dos mil dos. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 697/99, interpuesto por el Procurador Dña. María Gabriela Collado Rodríguez, en nombre y representación de Dña. Bárbara , contra la Universidad de Valencia. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por la Letrada Dña. María Dolores Gómez Villora..
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 25 de septiembre de 2002, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra Resolución del Rector de la Universidad de Valencia, de 13 de enero de 1999, que desestima el recurso ordinario formulado contra la Resolución del Vicerrector de Estudios, de 28 de mayo de 1998, denegatoria de la solicitud de devolución de la Tasa académica, correspondiente al curso 1997-1998, importe 73.224 ptas. La demandante solicitaba la devolución por entender que se hallaba exenta al amparo del art. 30 de la Ley 13/1982 de 7 de abril de "Integración Socialdel Minusválido", por tener reconocida la condición de minusválida, con un grado de minusvalía del 66 %.
El artículo 30 de la citada Ley 13/1982, de 7 de abril, de...
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